Decreto 66/2014, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 158/2012, de 3 de agosto, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto a los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, y se aprueba la primera convocatoria de las mismas para el curso escolar 2012/2013.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 66/2014, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 158/2012, de 3 de agosto, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto a los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, y se aprueba la primera convocatoria de las mismas para el curso escolar 2012/2013. (2014040079)

Mediante el Decreto 158/2012, de 3 de agosto, se aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto a los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, y se aprueba la primera convocatoria de las mismas para el curso escolar 2012/2013, (DOE n.º 163 de 23 de agosto).

El artículo 27 de la Constitución Española dispone que todos tienen el derecho a la educaciónŽ, la enseñanza básica es obligatoria y gratuitaŽ y que los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentesŽ. Por otra parte, su artículo 39 establece como principio rector de la política social y económica la protección social, económica y jurídica de la familiaŽ, concretando algunos de los reflejos que esta obligación tiene en lo que se refiere, especialmente, a los hijos/as.

De otro lado, la libertad y la igualdad de los ciudadanos y la promoción de medidas por parte de los poderes públicos que remuevan los obstáculos que dificulten su disfrute, así como el derecho de participación de todos en la vida política, económica, cultural y social, son fundamento tanto de nuestra Carta Magna como del Estatuto de Autonomía de Extremadura.

Para hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, el artículo 80 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, encomienda a las Administraciones Públicas el desarrollo de acciones de carácter compensatorio en relación con las personas quese encuentren en situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello. El artículo 83.1 de la misma Ley Orgánica dispone quepara garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, los estudiantes con...

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