DECRETO 174/2001, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 19/1998, de 3 de marzo, por el que se regula las Elecciónes al Campo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

Consta en el expediente que en el plazo de información pública los propietarios afectados por la expropiación no presentaron alegaciones, por tanto, la relación definitiva de los bienes afectados es la publicada inicialmente, que consta en el expediente y es la siguiente:

Propietario: Sebastián Gómez Moruno.

Domicilio: Azuaga (Badajoz) Bienes afectados:

550, 60 m2 de terreno en Polígono Industrial, en el que existe un pozo.

1.395,45 m2 de terreno en la zona del camino (hasta completar la anchura de 10 mts. del vial, existiendo una edificación que queda afectada por la expropiación en 105 m2).

De conformidad con lo acordado en la sesión plenaria de 6 de junio de 2001, se solicitó del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación, que procede tomar en consideración toda vez que las obras consisten en la urbanización del último tramo pavimentado del Polígono Industrial de Azuaga hasta el final del mismo, esto es, desde la parcela 13.2 hasta la parcela 13.6, considerándose urgente su ocupación atendiendo a las características y estado actual del citado tramo, que lo hacen altamente peligroso, pues existen en la actualidad una serie de industrias ya establecidas en dicho polígono cuyo acceso tiene carácter provisional, suponiendo un peligro para las personas al no estar señalizado de ninguna manera, reduciendo así el riesgo de siniestralidad, y resultando ser el último tramo del polígono que queda por urbanizar.

En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24 de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 20 de noviembre de 2001,

D I S P O N G O

ARTICULO UNICO De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se declara la urgente ocupación por el Ayuntamiento de Azuaga (Badajoz), de los bienes y derechos necesarios que se han descrito para la ejecución de la obra denominada 'Urbanización en el Polígono Industrial de...

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