Decreto 98/2018, de 3 de julio, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 98/2018, de 3 de julio, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo. (2018040114)

Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que "las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos".

En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos "no son un acto ordenador, sino un acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza, ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella".

Mediante la presente modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de esta Consejería, se pretende optimizar los recursos humanos con los que dispone al objeto de gestionar de la forma más eficiente posible las competencias que tiene atribuida por el Decreto 264/2015, de 7 de agosto, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo.

Con la modificación del personal funcionario se lleva a cabo la creación de diversos puestos que dan respuesta a las necesidades de gestión que demanda la red de centros educativos. Asimismo, se dispone una distribución más homogénea de puestos en las Delegaciones Provinciales, que permite gestionar con mayor eficacia las materias de su competencia.

En relación al personal laboral, es necesario destacar las creaciones de puestos en determinados centros educativos, dado el aumento de actividad que se ha generado en ellos, así como la creación de un puesto de Ordenanza, necesario para la apertura del Conservatorio Profesional de danza en la ciudad de Cáceres.

Otras modificaciones que se contemplan afectan a las características de la jornada de trabajo de un importante número de puestos de trabajo de personal laboral que prestan sus servicios en diversos centros educativos.

Teniendo en cuenta los antecedentes citados, resulta de aplicación el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios a seguir para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura. Igualmente, resulta de aplicación el Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura.

En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Educación y Empleo, y a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo estudio e informe favorable de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en la Mesa Sectorial de Administración General de la Junta de Extremadura y en la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura, con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y, tras deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de julio de 2018,

DISPONGO:

Artículo 1 Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Educación y Empleo, según figuran en los anexos I, II y III, para la creación, modificación y amortización de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.

Artículo 2 Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en los anexos IV, V y VI, para la creación, modificación y amortización, respectivamente, de los puestos de trabajo que en ellos se incluyen.

Artículo 3 Efectos.

El presente decreto surtirá efectos desde el día uno del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 4 Impugnación.

Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Diario Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.

Mérida, 3 de julio de 2018.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

La Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública,

PILAR BLANCO-MORALES LIMONES

G H W U D E D M R 3 H U V

( ; 3 ( 1 & 2 1 7 5 $ 7 $ & , 2 1 ' ( 3 ( 5 6 2 1 $ / ( ; 3 ( 1 * ( 6 7 , 2 1 ' ( 3 ( 5 6 2 1 $ / ( ; 3 ( 1 * ( 6 7 , 2 1

, & $

( ; 3 5 ( ' $ & & , 2 1 3 5 2

& ( ' 8 & $ 7 , 9 2 6

2 E V H U Y D F L R Q H V

, 1 , 6 7 5 $ 7 , 9 $

G H W U D E D M R 3 H U V

2 E V H U Y D F L R Q H V

$ 7 ( 5 , $ ' ( , 1 1 2 9 $ & , 2 1 ( ' 8 & $ 7 , 9 $

S X H V

( ; 3 & 2 1 7 5 $ 7 $ & , oe 1 $ ' 0

W R V

W R V

( ; 3 ( 1 2 % 5 $ 6 ' ( & ( 1 7 5 2 6 ( ' 8 & $ 7 , 9 2 6

p U L W R V

( V S H F L D O L G D G 2 W U R V

0

S X H V

p U L W R V

( V S H F L D O L G D G 2 W U R V

0

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

7 L W X O D F L y Q 7 L W X O D F L y Q 5 H T X L V L W R V S D U D V X G H V H P S H x R 5 H T X L V L W R V S D U D V X G H V H P S H x R

* U 6 X E J U * U 6 X E J U

7 L S R 7 L S R

& » & ( 5 ( 6 0

e 5 , ' $

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

$ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

( ; 3 $ f 2 ( 1 * ( 6 7 , 2 1 $ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ 7 , 9 $

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

$ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

( ; 3 $ f 2 ( 1 * ( 6 7 , 2 1 $ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ 7 , 9 $

$ 5 4 8 , 7 ( & 7 8 5 $ 6 8 3 ( 5 , 2 5 $ 5 4 8 , 7 ( & 7 8 5 $ 7 ( & 1 , & $

,

L R Q H V

L R Q H V

( ; 3 0

$ 1 ( ; 2

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

- 8 5 , ' , & $ $ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

( ; 3 $ f 2 6 ( 1 * ( 6 7 , 2 1 ' ( 5 ( & 8 5 6 2 6 + 8 0

$ 1 2 6

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

$ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

( ; 3 $ f 2 ( 1 * ( 6 7 , 2 1 $ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ 7 , 9 $

( ; 3 $ f 2 6 ( 1 ' , 5 ( & & , 2 1 ' ( 2 % 5 $ 6

6 ( & 5 ( 7 $ 5 À $ * ( 1 ( 5 $ / 6 ( & 5 ( 7 $ 5 À $ * ( 1 ( 5 $ / ' ( ( ' 8 & $ & , oe 1 & 2 1 6 ( - ( 5 , $ ' ( ( ' 8 & $ & , 2 1

8 Q L G D G & y G L J R 8 Q L G D G & y G L J R ' H Q R P L Q D F L y Q 8 E L F D F L y Q ' H Q R P L Q D F L y Q 8 E L F D F L y Q 1 , 1 ,

& U H D F

& U H D F

$ ' 0

$ ' 0

$ ' 0

$ ' 0

$ ' 0

ˇ ˝ ˝ Ȉ ˝ Ȉ & R P S O H P H Q W R ( V S H F t I L F R & R P S O H P H Q W R ( V S H F t I L F R

6 X E F R Q F 6 X E F R Q F

6

' , 5 , ' 5 , ' 5 , ' 5 , ' 5 , ' 5

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1

- 1 ( * $ 6 8 1 7 * ( 1

& & & & & $ $ & & $ $

7 3 3 5

1 6 6 6 6 6

& & & & & &

7 3 3 5

Ȉ Ȉ ˇ ˙ ˇ ˄

& H Q W U R ' L U H F W L Y R ˛ & H Q W U R ' L U H F W L Y R ˛ & R Q V H M H U t D ˛ & R Q V H M H U t D ˛

$ 8 ; , / , $ 5 ' ( $ ' 0

1 , 9 1 , 9

+ 2 5 + 2 5

e 5 , ' $

ˇ

% $ ' $ - 2 = % $ ' $ - 2 = % $ ' $ - 2 =

˙ Ȉ ˇ ˝ ˝ ˝ ˄ ˇ

˄ ˙ ˙ ˙ ˙ ˙

0

7 , 9 $ ' ( & ( 1 7 5 2 6

( ' 8 & $ 7 , 9 2 6

7 + 0

2 E V H U Y D F L R Q H V

W R V

S X H V

p U L W R V

( V S H F L D O L G D G 2 W U R V

0

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

L R Q H V

( ; 3 ( 1 * ( 6 7 , 2 1 $ ' 0

7 L W X O D F L y Q 5 H T X L V L W R V S D U D V X G H V H P S H x R

* U 6 X E J U

7 L S R

$ 1 ( ; 2

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

$ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1 * ( 1 ( 5 $ /

( ; 3 $ f 2 ( 1 * ( 6 7 , 2 1 $ ' 0

, 1 , 6 7 5 $ 7 , 9 $

, ,

D F

L F

6 ( & 5 ( 7 $ 5 À $ * ( 1 ( 5 $ / & 2 1 6 ( - ( 5 , $ ' ( ( ' 8 & $ & , 2 1

0 R G L I

$ ' 0

$ ' 0

8 Q L G D G & y G L J R ' H Q R P L Q D F L y Q 8 E L F D F L y Q 1 ,

ˇ ˝ & R P S O H P H Q W R ( V S H F t I L F R

- 1 ( * ' ( $ 6 8 1 7 2 6 * ( 1 ( 5 $ / ( 6

& & &

7 3 3 5

6 X E F R Q F

1 6

, 1 , 6 7 5 $ & , 2 1

& &

' - 3 , 5 , ' 5

Ȉ ˇ

& H Q W U R ' L U H F W L Y R ˛ & R Q V H M H U...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR