Decreto 77/2020, de 23 de diciembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el marco del Plan de Ordenación de INFOEX.

SecciónI - Disposiciones Generales
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Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 77/2020, de 23 de diciembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el marco del Plan de Ordenación de INFOEX. (2020040091)

Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican y declaran la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios que tienen encomendados.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos de trabajo "no son un acto ordenador, sino un acto ordenado, mediante el que la Administración se autoorganiza, ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella".

Mediante resolución de 16 de mayo de 2018 de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública de Extremadura, se ordena la publicación en el Diario

Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura del 24 de abril del mismo año, por el que se establecen las Bases del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Plan INFOEX.

Entre las actuaciones previstas en las mencionadas Bases referidas a la reordenación de los recursos humanos de la lucha contra incendios, se encuentran la creación en el V Convenio Colectivo de Bombero/a Forestal Conductor/a dentro del Grupo IV y la Bombero/a Forestal Coordinador/a incardinada en el Grupo II.

Asimismo, las Bases del Plan de Ordenación, establecían las Especialidades que debía declararse a extinguir, así como los instrumentos necesarios para facilitar la promoción profesional a las nuevas Categorías Profesionales de Lucha contra Incendios que se crean, desde las Categorías/Especialidades preexistentes que se declaran a extinguir.

Todas estas actuaciones se materializaron en la modificación del V Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Extremadura, en el que se incluye un nuevo artículo 15 bis en el que se determina la forma de adquisición de las nuevas categorías profesionales por parte de los trabajadores laborales fijos, activándose una doble vía, por un lado, la participación en la primera convocatoria de provisión de puestos de trabajo restringido para los puestos de las categorías del Plan INFOEX, y por otro, mediante la promoción profesional desde el Grupo V, Categoría de Peón Especializado, Especialidad Lucha contra Incendios al Grupo IV, categoría Bombero/a Forestal Conductor/a.

La presente modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral del INFOEX, es pues fruto de todo el proceso de restructuración de este colectivo que comenzó en el año 2018 y que tenía, básicamente un doble objetivo, por un lado, mejorar la calidad, organización y eficiencia en la lucha contra los incendios forestales, y por otro, la mejora de las condiciones de trabajo y el reconocimiento profesional de las personas que se dedican a dicha tarea.

En este sentido, la conversión en una única Categoría, Bombero/a Forestal Conductor/a, una vez finalizados los procesos de adquisición, de las distintas categorías preexistentes de los grupos V y IV que contiene esta Relación de Puestos de Trabajo, dota de una gran versatilidad y capacidad organizativa a los efectivos de la lucha contra incendios, que sin duda redundará en la prevención, vigilancia y extinción de los incendios forestales.

En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y a propuesta de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración

Pública, previo estudio e informe favorable de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en la Comisión Negociadora del Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura, con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y, tras deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de diciembre de 2020,

DISPONGO:

Artículo 1 Creación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el anexo I para la creación de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.

Artículo 2 Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el anexo II para la modificación de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.

Artículo 3 Amortización de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el anexo III para la amortización de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.

Artículo 4 Efectos.

El presente decreto surtirá efectos el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 5 Impugnación.

Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Diario

Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.

Mérida, 23 de diciembre de 2020.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública,

PILAR BLANCO-MORALES LIMONES

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