Decreto 65/2019, de 18 de junio, por el que se acuerda la supresión de diferentes títulos de Máster Universitario por la Universidad de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 65/2019, de 18 de junio, por el que se acuerda la supresión de diferentes títulos de Máster Universitario por la Universidad de Extremadura. (2019040072)

El artículo 10 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, así como en materia de Universidades públicas y privadas.

Por Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de universidades. Estas competencias están atribuidas a la Consejería de Educación y Empleo de conformidad con el Decreto del Presidente 21/2017, de 30 de octubre, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En virtud del artículo 8 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional será acordada por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos, con informe previo favorable del Consejo Social, de lo cual será informada la Conferencia General de Política Universitaria.

En este sentido, el procedimiento para la extinción de títulos oficiales viene regulado en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y en la normativa regional de aplicación, el Decreto 157/2016, de 20 de septiembre, por el que se regula la autorización de implantación, modificación, supresión de enseñanzas universitarias oficiales y renovación de su acreditación. Este último, en su artículo 12.1 indica que "el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a propuesta de la Consejería competente en materia de enseñanzas universitarias, de oficio o a instancia de la universidad proponente y previo informe preceptivo de la Comisión de Estudios...

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