Decreto 43/2016, de 5 de abril, por el que se modifica el Decreto 287/2015, de 23 de octubre, por el que se regula el Plan de Empleo Social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de dichas subvenciones.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

DECRETO 43/2016, de 5 de abril, por el que se modifica el Decreto 287/2015, de 23 de octubre, por el que se regula el Plan de Empleo Social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de dichas subvenciones. (2016040049)

El Decreto 287/2015, de 23 de octubre, regula el Plan de Empleo Social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el objeto de establecer la concesión de ayudas para la creación de empleo mediante la contratación de las personas en riesgo de exclusión social, paradas de larga duración, sin ningún tipo de prestación, salvo perceptores de la Renta Básica Extremeña de Inserción.

Con el tiempo transcurrido desde la puesta en marcha del Plan de Empleo Social, se hace aconsejable modificar algunos aspectos de las medidas contempladas, para favorecer la contratación por parte de las entidades privadas sin ánimo de lucro, empresas de economía social y pequeñas y medianas empresas, de personas en situación de exclusión con el objetivo de paliar la situación de urgencia social que existe hoy en la sociedad extremeña.

Por otra parte, determinados desajustes detectados en la gestión del Programa I dirigido a Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura aconsejan también la modificación del decreto.

En virtud de todos ello, de conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 5 de abril de 2016,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 287/2015, de 23 de octubre, por el que se regula el Plan de Empleo Social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de dichas subvenciones.

El Decreto 287/2015, de 23 de octubre, (DOE núm, 210, de 30 de octubre), por el que se regula el Plan de Empleo Social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de dichas subvenciones, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se modifica de artículo 1, que queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 1. Objeto y finalidad.

  1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la creación de empleo mediante la contratación de personas paradas de larga duración, en situación de exclusión o riesgo de exclusión social, para la ejecución

    de actuaciones tales como servicios de utilidad colectiva, medio ambiente, desarrollo cultural, servicios personalizados, asistencia social, la apertura de centros públicos, culturales o recreativos, o cualquier otro destinado a facilitar la inserción socio-laboral de este colectivo.

    A efectos de las subvenciones previstas en este decreto, se considerarán personas destinatarias del Plan de Empleo Social, las personas paradas de larga duración en situación de exclusión o riesgo de exclusión social, que en los últimos doce meses no han trabajado más de 30 días a jornada completa o 60 días a jornada parcial y que no sean beneficiarios de prestaciones o subsidios por desempleo, excepto perceptores de la Renta Básica Extremeña de Inserción, que sí podrán participar.

    En caso de personas candidatas con ingresos o prestaciones de naturaleza distinta a la establecida en el párrafo anterior, los ingresos de la unidad familiar de convivencia del candidato en cómputo mensual, no podrán superar el 75% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM), más el 8% por cada miembro hasta un máximo de 1,5 veces el IPREM.

  2. Con esta finalidad se establecen dos programas:

    a) Programa I: Empleo dirigido a los...

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