Decreto 273/2015, de 28 de agosto, por el que se crea y regula el funcionamiento del depósito de los estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales a través de medios electrónicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

DECRETO 273/2015, de 28 de agosto, por el que se crea y regula el funcionamiento del depósito de los estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales a través de medios electrónicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2015040298)

La Constitución Española reserva al Estado, en el artículo 149.1.7.ª, la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas. Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye en su artículo 11.1.7 a la Comunidad Autónoma de Extremadura la función ejecutiva en materia laboral, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que dicte el Estado.

El artículo 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el artículo 3 de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, establecen la existencia de un depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, respectivamente.

El Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los Estatutos de las Organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical, reglamentaba hasta ahora el procedimiento establecido al efecto, habiendo quedado obsoleto ante la realidad autonómica del Estado español y el desarrollo de la administración electrónica, sin perjuicio de que subsisten las razones que lo fundamentan en cuanto a las necesidades de dotar de personalidad jurídica a las organizaciones sindicales y empresariales, así como de dar publicidad de las mismas.

Con el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE del 20 de junio), que entrará en vigor tres meses después de su publicación oficial, se procede a desarrollar lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical, y el artículo 3 de la Ley 19/1977, sobre regulación del derecho de asociación sindical, al regular los depósitos de los estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, al tiempo que se efectúa su adaptación a la administración electrónica y tiene en cuenta la realidad autonómica.

Este Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, realiza una importante apuesta por...

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