Decreto 23/2019, de 1 de abril, por el que se modifica el Decreto 29/1996, de 19 de febrero, sobre declaración del monumento natural 'Los Barruecos'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Medio Ambiente y Rural, PolÍTicas Agrarias y Territorio
Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO

DECRETO 23/2019, de 1 de abril, por el que se modifica el Decreto 29/1996, de 19 de febrero, sobre declaración del monumento natural "Los Barruecos". (2019040025)

En febrero de 1996 se aprobó el Decreto 29/1996, de 19 de febrero, sobre declaración del monumento natural "Los Barruecos", con la finalidad de contribuir a la conservación de un enclave de gran singularidad, por conjugar en un reducido espacio notables valores naturales, geomorfológicos y faunísticos, junto a valores culturales de diversa índole, tanto arqueológicos como etnográficos y artísticos.

Con posterioridad se creó un órgano de participación, mediante el Decreto 24/1997, de 18 de febrero, por el que se regula el Consejo Asesor y de Participación Social del Monumento Natural de Los Barruecos.

Pasados 22 años de esa declaración, en acuerdo a los cambios normativos en materia de medio ambiente y áreas protegidas, procede actualizar algunos aspectos relacionados con la dinámica y gestión del espacio, especialmente en lo relativo a la gestión de usos, donde los usos y limitaciones se supeditan al marco regulador que debe delimitar un plan rector de uso y gestión.

Por otro lado, el elevado nivel de implicación local en la valorización del espacio, requiere la actualización de la representación de los distintos ámbitos competenciales vinculados a la toma de decisiones en el espacio natural protegido, así como la de los principales actores sociales de orden local vinculados al mismo. Además, se modifica el régimen de nombramiento de miembros y sus suplencias, estableciéndose, con carácter general, un período de cuatro años de duración de cada nombramiento y atribuyendo la potestad para realizarlo quien ocupe la titularidad de la Consejería con competencias en materia de medio ambiente.

Por último, esta norma se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, además de en los mandatos de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, con especial incidencia en los artículos 3 de principios generales, artículo 5 de disposiciones generales, artículo 21 de transversalidad de género, artículo 27 de lenguaje e imagen no sexista y 29 de representación equilibrada de los órganos directivos...

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