Decreto 214/2017, de 20 de diciembre, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 214/2017, de 20 de diciembre, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales. (2017040230)

Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican y declaran la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios que tienen encomendados.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos de trabajo "no son un acto ordenador, sino un acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza, ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella".

Mediante el presente decreto, se acometen modificaciones de puestos de trabajo que afectan tanto a la relación de puestos de trabajo de personal funcionario, como de personal laboral, con las que se pretende regularizar y dotar de estabilidad el ejercicio de funciones y actividades de esta Consejería que se afrontaron inicialmente con créditos del Capítulo VI, de tal forma, que estos puestos de trabajo dejan de estar fuera de ordenación, pasando a partir de ahora a estar disponibles para su inclusión tanto en los procesos de provisión como de selección de personal en cumplimiento de las previsiones de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado.

En este sentido, la citada ley contempla un proceso de estabilización en el empleo público que incluye las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo que no

ocupara puesto o dotación referenciada, pero cuya prestación de servicios respondiera a necesidades estructurales, siempre que exista cobertura presupuestaria para ello no vinculada a ejecución de programas de naturaleza temporal o limitada.

Las modificaciones contempladas en este decreto afectan fundamentalmente a la Secretaría General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo, a la Dirección General de Arquitectura, y de manera muy destacable al SEPAD, donde se consolida la red de Equipos de Valoración de las situaciones de dependencia.

Teniendo en cuenta los antecedentes citados, resulta de aplicación el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios a seguir para la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura. Igualmente, resulta de aplicación el Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura.

En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales y a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo estudio e informe favorable de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en la Mesa Sectorial de Administración General y en la Comisión Negociadora del Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura, con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y, tras deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de diciembre de 2017,

DISPONGO:

Primero. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, según figura en el anexo I para la creación de los puestos de trabajo que en el mismo se incluye.

Segundo. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, según figura en el anexo II para la creación de los puestos de trabajo que en los mismos se incluyen.

Tercero. Efectos.

El presente decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Cuarto. Impugnación.

Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en

el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Diario Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.

Mérida, 20 de diciembre de 2017.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

La Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública,

PILAR BLANCO-MORALES LIMONES

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