Decreto 202/2017, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos para la obtención de la Acreditación de Excelencia Investigadora de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de EconomÍA e Infraestructuras
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS

DECRETO 202/2017, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos para la obtención de la Acreditación de Excelencia Investigadora de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2017040215)

En el marco de la Estrategia Europea 2020, la región extremeña participa en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RIS3 Extremadura, 2014-2020), como patrón de implementación, para asumir nuevos retos en cultura, talento, tejido empresarial e infraestructuras.

En el ámbito del talento, la RIS3 Extremadura mantiene como Reto 2 "Consolidar una sociedad del conocimiento basada en las personas, y que se constituya como polo de talento", Línea Estratégica 1 "Atracción, desarrollo y retención del Talento", Programa de Actuación 1.6 "Desarrollo de la carrera profesional de investigadores y tecnólogos".

Por otra parte, el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, pretende reforzar la política de apoyo a la incorporación de doctores al sistema español de I+D+i, fomentando la captación de profesores-investigadores, españoles o extranjeros, de alto nivel, y también de jóvenes con un buen potencial investigador, que deseen incorporarse o retornar al sistema. La acreditación de un certificado I3 conlleva el reconocimiento de una trayectoria investigadora destacada, conforme a criterios de calidad de la producción y actividad científico-tecnológica.

En este contexto, la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, contempla el fomento del reconocimiento público del personal investigador y la importancia de la función investigadora y de la innovación para la sociedad. Por su parte, el VI Plan Regional de I+D+i (VI PRI+D+i, 2017-2020), regulado mediante Decreto 91/2017, de 20 de junio, contiene un programa para promover la carrera investigadora, la incorporación de talento y su empleabilidad, con actuaciones que favorezcan la excelencia y la estabilización de los recursos humanos dedicados a la I+d+i de Extremadura como lo constituye la acreditación de excelencia investigadora de Extremadura.

Estas actuaciones están reguladas mediante el Decreto 45/2016, de 12 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de contratos predoctorales para formación de Doctores en los centros públicos de I+D pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), y en el Decreto 34/2017, de 28 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fortalecimiento de la I+D+i mediante la movilidad de los investigadores posdoctorales.

Asimismo, el Decreto 147/2013, de 6 de agosto, regula ayudas destinadas a la retención y atracción de talento investigador para su incorporación a los Centros de Investigación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el propósito de fortalecer el SECTI, incrementando la competitividad de los centros y orientando su actividad para atender las demandas del sector productivo extremeño.

En su conjunto, se persigue el incremento cualitativo y cuantitativo de los recursos humanos dedicados a la I+D+i, así como potenciar el desarrollo de una carrera investigadora que permita la consolidación de estos recursos en el sistema extremeño.

En consonancia con todo lo anterior, el presente decreto por el que se establecen los requisitos para la obtención de la Acreditación de Excelencia Investigadora de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en adelante AEXI), dotará de un certificado de reconocimiento de trayectoria investigadora a título individual a aquellos investigadores que destacan por el impacto y la relevancia internacional de sus resultados científicos y desempeñen o hayan desempeñado, al menos parte de su labor, de forma activa en la región, o bien, investigadores extremeños que hayan desarrollado su actividad investigadora en otros centros o empresas nacionales o internacionales públicas o privados.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confieren los artículos 36.f) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el artículo 4.a), b), f) y ñ) de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la innovación de Extremadura a propuesta del Consejero de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 21 de noviembre de 2017.

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

El presente decreto tiene como objeto establecer el procedimiento para el reconocimiento de calidad de la producción y actividad científico-tecnológica de los investigadores para la obtención de la Acreditación de Excelencia Investigadora de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en adelante AEXI).

Para la obtención de la Acreditación de Excelencia Investigadora se podrán presentar todos aquellos investigadores con una trayectoria investigadora destacada por sus aportaciones al conocimiento científico-tecnológico, humanístico y social, que destaquen por el impacto y la relevancia internacional de sus resultados científicos y desempeñen o hayan desempeñado, al menos parte de su labor, de forma activa en la región, o bien, investigadores extremeños que hayan desarrollado su actividad investigadora en otros centros o empresas nacionales o internacionales públicas o privados.

Artículo 2 Modalidades de participación.
  1. Para la obtención de la AEXI se establecen las siguientes modalidades de participación, que podrán ser ofertadas a través de convocatorias independientes para cada una de ellas.

    Modalidad 1. Investigadores beneficiarios de una ayuda de Talento Investigador de la Junta de Extremadura, regulada en el Decreto 147/2013, de 6 de agosto y sucesivos decretos en este ámbito.

    Modalidad 2. Investigadores con una trayectoria investigadora cualificada y que no estén incluidos en la modalidad anterior.

  2. A la convocatoria para la obtención de la AEXI podrán presentarse todos aquellos investigadores incluidos en las modalidades establecidas en el apartado anterior, así como los que estén en posesión del certificado I3 de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), de conformidad con lo dispuesto en la Orden ECI/1520/2005, de 26 de mayo, por la que se establece el Programa de Incentivación de la incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (Programa I3). Los investigadores con certificado I3 podrán optar a la acreditación a través de ambas modalidades de participación.

Artículo 3 Ámbitos y áreas de investigación.

La Acreditación de Excelencia Investigadora podrá obtenerse en los siguientes ámbitos de investigación:

  1. Ciencias Exactas y Experimentales, que comprende las áreas de investigación de Matemáticas, Física, Química, Ciencias del Espacio, Ciencias de la Tierra, Ganadería y Pesca, Ciencias de la Naturaleza y otros ámbitos afines.

  2. Ciencias de la Vida, que comprende las áreas de investigación de Biología Celular y Molecular, Ciencias Médicas, Farmacología y Fisiología, Ciencia y Tecnología de los Alimentos y otros ámbitos afines.

  3. Ingenierías y Arquitectura que comprende las áreas de investigación de las Ingenierías, Ciencias y Tecnología de Materiales, Tecnología Química, Ciencias de la Computación e Informática, Tecnología Electrónica y Eléctrica, Arquitectura y otros ámbitos afines.

  4. Humanidades y Ciencias Sociales, que comprende las áreas de investigación de Ciencias Sociales, Políticas, del Comportamiento y de la Educación, Ciencias Económicas y Empresariales, Derecho, Filologías, Lingüística y Filosofía, Historia y Arte y otros ámbitos afines.

Artículo 4 Requisitos del investigador solicitante para optar a la Acreditación de Excelencia Investigadora de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Podrán optar a la Acreditación de Excelencia Investigadora:

  1. Los investigadores solicitantes que cumplan todos estos requisitos:

    1. Estar en posesión del grado de Doctor.

    2. Haber transcurrido como mínimo 5 años desde la fecha de obtención del doctorado. Se entenderá por dicha fecha la de la lectura y aprobación de la tesis doctoral.

    3. Haber desarrollado una actividad científico-tecnológica posdoctoral que implique una trayectoria investigadora cualificada de al menos cinco años, de los que como mínimo 2

      años deben haberse desarrollado en una Universidad o en un Centro de I+D de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el caso de investigadores extremeños que realicen o hayan realizado su actividad investigadora en otros centros o empresas nacionales o internacionales públicas o privadas, no será necesario haber desarrollado parte de dicha actividad en Extremadura.

    4. Tener...

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