Decreto 201/2017, de 21 de noviembre, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

DECRETO 201/2017, de 21 de noviembre, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales. (2017040214)

Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican y declaran la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios que tienen encomendados.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos de trabajo "no son un acto ordenador, sino un acto ordenado, mediante el que la Administración se autoorganiza, ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella".

Entre las modificaciones contempladas en este decreto, destaca por su importancia, tanto cualitativa como cuantitativa, el incremento en la dotación de personal asistencial en el conjunto de los centros residenciales para mayores de la Junta de Extremadura, consistente en la creación de más de sesenta puestos de trabajo de las categorías profesionales de auxiliar de enfermería, ATS y terapeuta ocupacional, lo cual redundará, sin duda, en la mejora de la calidad del servicio que se presta a los usuarios de dichos centros.

También en este campo de atención a las personas mayores, se aborda una reestructuración a futuro de la categoría de animador sociocultural, para su conversión progresiva en puestos de trabajo de la categoría de terapeuta ocupacional, por entender que este perfil profesional se adapta mejor a las necesidades de nuestros mayores.

Por último, también es reseñable en esta modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, la potenciación de la estructura de la

Comisión Tutelar de Adultos, absolutamente necesaria por el incremento sostenido de la actividad de este órgano.

Teniendo en cuenta los antecedentes citados, resulta de aplicación el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios a seguir para la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura. Igualmente, resulta de aplicación el Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura.

En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales y a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo estudio e informe favorable de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en la Mesa Sectorial de Administración General y en la Comisión Negociadora del Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura, con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y, tras deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de noviembre de 2017,

DISPONGO:

Artículo 1 Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, según figura en los anexos I, II y III para la creación, modificación y supresión de los puestos de trabajo que en los mismos se incluye.

Artículo 2 Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, según figura en los anexos IV, V y VI para la creación, modificación y amortización de los puestos de trabajo que en los mismos se incluyen.

Artículo 3 Impugnación.

Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Diario Oficial de Extremadura, o bien Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.

Disposición final única Efectos.

El presente decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 21 de noviembre de 2017.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

La Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública,

PILAR BLANCO-MORALES LIMONES

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