Decreto 180/2017, de 31 de octubre, por el que se modifica el Decreto 166/2005, de 5 de julio, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | ConsejerÍA de Sanidad y PolÍTicas Sociales |
Rango de Ley | Decreto |
CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES
DECRETO 180/2017, de 31 de octubre, por el que se modifica el Decreto 166/2005, de 5 de julio, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2017040192)
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad -cuyo artículo 56 y siguientes establecen los principios básicos de la organización territorial de las Comunidades Autónomas a efectos de garantizar un sistema sanitario coordinado e integral-, y en el vigente Estatuto de Autonomía de Extremadura -cuyo artículo 9.24 confiere a esta Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de sanidad y salud pública, en lo relativo a la organización, funcionamiento interno, coordinación y control de los centros, servicios y establecimientos sanitarios en la Comunidad Autónoma, con participación en la planificación y coordinación general de la sanidad, así como promoción de la salud y de la investigación biomédica-, la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, regula la ordenación territorial de la Comunidad Autónoma mediante la demarcación de Áreas de Salud y Zonas de Salud.
El Área de Salud se configura como la demarcación territorial básica, que a su vez se organiza en Zonas de Salud, que constituyen el marco territorial y poblacional de la Atención Primaria, respondiendo su delimitación a factores geográficos, demográficos, socioeconómicos, epidemiológicos, laborales, culturales, de vías y medios de comunicación, así como de recursos y comarcalización existente; todos estos factores se caracterizan por su variabilidad, como consecuencia de una realidad social cambiante.
El actual Mapa Sanitario de Extremadura, como elemento básico de ordenación y planificación sanitaria en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, se estableció mediante el Decreto 166/2005, de 5 de julio, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Organizado dicho Mapa Sanitario no como una estructura rígida, sino con un obligado carácter dinámico y flexible que le permita adaptarse a los diversos cambios, tanto demográficos como sociales y de racionalización de recursos, durante el tiempo transcurrido desde su aprobación han confluido en la Comunidad Autónoma de Extremadura diversos factores (demográficos, socioeconómicos, mejoras de vías y medios de comunicación, disponibilidad de nuevos recursos sanitarios, etc.), que han tenido una inevitable repercusión sobre la configuración del mismo.
Esta serie de factores provocaron una primera modificación del Mapa Sanitario a través del Decreto 238/2008, de 7 de noviembre, por el que se modifica el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que se crearon cuatro nuevas Zonas de Salud y se modificó parcialmente la delimitación de varias zonas más.
En la actualidad surge la necesidad de proceder a una nueva modificación del mismo, que tiene por objeto adecuar las necesidades del sistema sanitario a una realidad cambiante, con
el fin de garantizar la disponibilidad y el mejor funcionamiento de los recursos sanitarios, así como la equidad en el acceso a ellos y la mejor atención a la salud de todos los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente modificación del Mapa Sanitario supone la creación de la nueva Zona de Salud de Valverde de Leganés en el Área de Salud de Badajoz, la fusión de las dos Zonas de Salud de Trujillo -Rural y Urbana- en una única Zona de Salud de Trujillo adscrita al Área de Salud de Cáceres, así como el cambio de adscripción de las entidades singulares de población de Gargáligas -entidad local menor perteneciente al municipio de Don Benito- y Los Guadalperales -entidad local menor dependiente del municipio de Acedera-, a la Zona de Salud de Orellana la Vieja, en el Área de Salud de Don Benito-Villanueva de la Serena.
Así mismo, implica la modificación y/o clarificación de los límites de las Zonas de Salud de los núcleos urbanos de Mérida, Don Benito, Cáceres y Plasencia, así como las del núcleo urbano y el término municipal de Badajoz.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad y Políticas Sociales, de acuerdo con la Comisión Jurídica de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 31 de octubre de 2017,
DISPONGO:
Se modifican los anexos I y II del Decreto 166/2005, de 5 de julio, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los términos establecidos en el presente Decreto.
Las entidades singulares de población que pertenecen a las Zonas de Salud de Plasencia-Luis de Toro, Plasencia-La Data, Plasencia-San Miguel y Plasencia-Valcorchero, continuarán adscritas a sus respectivas Zonas de Salud definidas en el Decreto 166/2005, de 5 julio, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, hasta la entrada en funcionamiento del Centro de Salud de Plasencia-Valcorchero.
Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de sanidad para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de lo establecido en el presente decreto.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura
Mérida, 31 de octubre de 2017.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA El Consejero de Sanidad y Políticas Sociales,
JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA
MAPA SANITARIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
3
Entidad Singular de Población Código
Denominación
(negrita: E.S.P. principal)
Vargas
Alburquerque
Benavente
Casas de San Juan
de
Silvestre
Tejarejo
Codosera (La)
Bacoco
Marco (El)
Rabaza (La)
05
Tojera (La)
Varse (La)
Vega (La)
Villar del Rey
Alconchel
Cheles
Higuera
Cerro Gordo
Golf Guadiana
Táliga
Prov. Mun.
01
02
03
04
05
01
02
03
04
06
07
01
01
01
01
01
32
25
MUNICIPIO
Denominación
Alburquerque
Codosera (La)
Villar del Rey
Alconchel
Cheles
Higuera de Vargas
Táliga
Badajoz
Código
06 006
06 037
06 155
06 007
06 042
06 066
06 015
ZONA DE SALUD
Denominación
Alburquerque
Alconchel
06 129
Badajoz - Cerro Gordo
Código
001
002
111
ÁREA DE SALUD
Denominación
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
Código
1
1
1
Entidad Singular de Población Código
Denominación
(negrita: E.S.P. principal)
Cuartel de Sancha Brava
Dehesilla de Calamón
Badajoz
Badajoz
Badajoz
1
Santa Engracia
Badajoz
1
Río Caya
Badajoz
Badajoz
Atalaya
20
Campofrío
Montitos (Los)
Tres Arroyos
Pilara (La)
Prov. Mun.
04
23
04
04
15
04
29
04
04
19
27
30
33
Denominación
Badajoz
24
Badajoz
Badajoz
Badajoz
Badajoz
Badajoz
MUNICIPIO
Código
06 015
06 015
06 015
06 015
06 015
06 015
ZONA DE SALUD
Denominación
Badajoz -
Ciudad Jardín
Badajoz - La Paz
Badajoz - Progreso
Badajoz - San Fernando
Badajoz - San Roque
Badajoz - Suerte Saavedra / La Pilara
Código
003
004
107
005
006
110
ÁREA DE SALUD
Denominación
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
Código
1
1
1
1
Entidad Singular de Población Código
Denominación
(negrita: E.S.P. principal)
Badajoz
Corchuela (La)
Club Campo Pino
22
Corazón de Jesús
Manantío (El)
28
Vaguadas (Las)
Novelda del Guadiana
Albalá
Pinares (Los)
Badajoz
Barcarrota
1
Salvaleón
Bótoa
Gévora
Sagrajas
Valdebótoa
Prov. Mun.
01
04
08
21
26
31
04
01
01
06
10
12
14
16
Denominación
Badajoz
Badajoz
Barcarrota
Salvaleón
Badajoz
MUNICIPIO
Código
06 015
06 015
06 016
06 116
06 015
ZONA DE SALUD
Denominación
Badajoz - Valdepasillas
Badajoz - Zona Centro
Barcarrota
Gévora
Código
007
008
009
108
ÁREA DE SALUD
Denominación
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
Código
1
1
1
Entidad Singular de Población Código
Denominación
(negrita: E.S.P. principal)
Bazana (La)
03
Jerez de los Caballeros
Valle de Matamoros
Valle de Santa Ana
Puebla de la Calzada
Oliva de la Frontera
1
Brovales
Valuengo
Barbaño
Montijo
Torremayor
Zahinos
San Benito de la Contienda
San Francisco de Olivenza
San Rafael de Olivenza
Lobón
Lácara
Olivenza
San Jorge de Alor
Santo Domingo
Villarreal
Prov. Mun.
02
04
01
01
02
01
02
01
01
01
01
01
02
03
04
05
06
07
Denominación
Jerez de los Caballeros
05
Valle de Matamoros
Valle de Santa Ana
Lobón
Montijo
03
Puebla de la Calzada
Torremayor
Zahinos
MUNICIPIO
Oliva de la Frontera
Olivenza
Código
06 070
06 147
06 072
06 088
06 103
06 132
06 093
06 159
06 095
Olivenza
ZONA DE SALUD
Denominación
Jerez de los Caballeros
06 148
Montijo
Oliva de la Frontera
Código
010
011
012
013
ÁREA DE SALUD
Denominación
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
BADAJOZ
Código
1
1
1
Entidad Singular de Población Código
Denominación
(negrita: E.S.P. principal)
Alcazaba
Carboneras (Las)
Fresnos (Los)
Guadiana del Caudillo
Pueblonuevo del Guadiana
Valdelacalzada
Puebla de Obando
1
Roca de la Sierra (La)
Dehesa Mayorga
02
Dehesa Piedrabuena
San Vicente de Alcántara
01
Corte de Peleas
06 040
Cortijo del Cura
01
(La)
Entrín Alto
06 045
Entrín Bajo
(La)
Salvatierra de los Barros
Marta
Morera
Nogales
Parra
Santa
Prov. Mun.
02
07
01
01
01
01
01
01
03
02
02
01
01
01
01
01
Badajoz
09
MUNICIPIO
Denominación
Guadiana del Caudillo
Pueblonuevo del
Guadiana
Valdelacalzada
Puebla de Obando
Roca de la Sierra (La)
San Vicente de
Alcántara
Corte de Peleas
Entrín Bajo
Morera (La)
Nogales
Parra (La)
Salvatierra de los
Barros
Santa Marta
Código
06 015
06 903
06 902
06 901
06 107
06 115
06 123
06 089
06 092
06 099
06 117
06 121
ZONA DE SALUD
Denominación
Pueblonuevo del
Guadiana
Roca de la Sierra (La)
San Vicente de
Alcántara
Marta
Santa
Código
014
015
016
017
ÁREA DE...
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