Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

DECRETO 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. (2019040185)

El Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, ha modificado la denominación, el número y las competencias de las consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el mismo se atribuyen a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural y deportes anteriormente asignadas a la Consejería de Cultura e Igualdad así como las de turismo que tenía atribuidas la anterior Consejería de Economía e Infraestructuras.

Mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que se determinan, con carácter general, el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia de la Junta y las distintas Consejerías, estableciéndose en su disposición adicional tercera que en los decretos de estructura orgánica de Presidencia y de las distintas Consejerías de la Junta de Extremadura se detallarán, desarrollarán y se complementarán las funciones asignadas a cada órgano.

A estos efectos, resulta necesario aprobar la estructura orgánica de la consejería de Cultura, Turismo y Deportes para facilitar el adecuado desempeño de las competencias que le han sido asignadas.

Por ello, de conformidad con lo dis puesto en los artículos 23 ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 29 de octubre de 2019,

DISPONGO:

Artículo 1 Estructura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
  1. La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, bajo la superior dirección de su titular, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estará integrada por el siguiente conjunto de órganos directivos:

    - Secretaría General.

    - Secretaría General de Cultura.

    - Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.

    - Dirección General de Deportes.

    - Dirección General de Turismo.

  2. Formarán parte, asimismo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes:

    - El Consejo de Dirección: Presidido por el titular de la Consejería existirá un Consejo de Dirección que estará compuesto por los titulares de los diferentes órganos directivos, actuando como Secretario la persona que ocupe la Jefatura de Gabinete.

    Al Consejo de Dirección le corresponden las funciones de deliberación y coordinación en cuantos asuntos de la competencia de la Consejería sean sometidos al mismo por su titular, pudiendo ser convocados, cuando fuere necesario, los titulares de otras unidades y órganos dependientes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.

    - El Gabinete de la Consejera: Compuesto por la Jefatura de Gabinete y los asesores de la Consejera, todos ellos tendrán la condición de personal eventual; y ejercerá las funciones de asesoramiento y apoyo a la titular, y cuantas otras se le asignen especialmente.

Artículo 2 Secretaría General.
  1. La Secretaría General es el órgano cuyo titular ejerce la jefatura superior de la Consejería después de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes y bajo cuya supervisión y dirección coordina los órganos y unidades administrativas del departamento.

  2. Corresponden a la Secretaría General las atribuciones reguladas en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las demás contenidas en la legislación estatal que supletoriamente le sean aplicables, siendo de su competencia:

    1. La Jefatura superior de la Consejería después de la Consejera.

    2. La jefatura y administración de personal.

    3. La elaboración de disposiciones de carácter general.

    4. El asesoramiento y régimen jurídico interno.

    5. La elaboración de estudios, planes y programas.

    6. La asistencia técnica y administrativa de la Consejería.

    7. El régimen interior, archivo y registro general de la Consejería.

    8. La gestión económica de su presupuesto.

    9. El control de su patrimonio.

    10. La contratación de la Consejería y demás negocios jurídicos de contenido económico o patrimonial.

    11. La coordinación con el resto de las Consejería y con los organismos y entidades que tengan relación con la Consejería.

    12. El desarrollo y tratamiento informático de las materias que sean competencia de la Consejería

    ll) Las atribuciones específicas contenidas en la legislación que le sean aplicables y todos aquellos asuntos generales cuyo conocimiento no venga atribuido a otro órgano directivo.

  3. Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaría General se estructura en los siguientes órganos administrativos:

    - Servicio de Personal y Gestión Económica.

    - Servicio de Régimen Jurídico y Tramitación.

    - Servicio de Contratación y Régimen Interior.

    - Servicio de Obras y Proyectos.

  4. Se adscribe a la Secretaría General la Fundación Extremeña de la Cultura.

Artículo 3 Secretaría General de Cultura.
  1. La Secretaría General de Cultura, bajo la superior dirección de la titular de la Consejería, coordinará las acciones de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, y sus órganos, entes y centros dependientes.

  2. A la Secretaría General de Cultura, en el ámbito de las atribuciones previstas en el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y...

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