Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Portavocía.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

DECRETO 168/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Portavocía. (2019040184)

El Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, ha modificado la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En el mismo se atribuyen a la Consejería de Igualdad y Portavocía la planificación y desarrollo de las políticas de igualdad, promoviendo medidas sustentadas en la transversalidad de las políticas públicas, dirigidas a prevenir y combatir la discriminación entre mujeres y hombres, así como el desarrollo de medidas y acciones dirigidas a erradicar la violencia de género.

Además, tiene atribuidas las competencias para promover políticas que garanticen el respeto a la orientación sexual y a la identidad de género de todas las personas.

Asimismo, corresponden a la Consejería de Igualdad y Portavocía las competencias en materia de juventud y de cooperación internacional para el desarrollo, quedándole adscritos los siguientes organismos:

- Instituto de la Mujer de Extremadura.

- Instituto de la Juventud de Extremadura.

- Consejo de la Juventud de Extremadura.

- Agencia Extremeña de Cooperación para el Desarroll o.

Por otra parte, la titular de la Consejería tiene encomendadas las tareas de Portavoz de la Junta de Extremadura, correspondiéndole el análisis, seguimiento y asesoramiento informativo con el fin de facilitar a los responsables públicos de la Junta de Extremadura la información necesaria en la toma de decisiones, recabando de las distintas Consejerías, organismos y resto de entes del sector público autonómico, todo tipo de información que sobre las mismas sea requerida por la Presidencia de la Junta para el ejercicio de sus altas funciones.

Para dar a conocer a la sociedad la acción política institucional y apoyar al titular de la Presidencia en la dirección y coordinación de la política informativa del Gobierno, asume la Portavocía del Gobierno y las relaciones con los medios de comunicación social.

Además, le corresponde la dirección, ejecución y coordinación de la política de comunicación de la Junta de Extremadura, incluidas las estrategias, gestión integral y contenidos de la comunicación institucional en torno a las redes sociales o las tecnologías de la información y

el conocimiento; las relaciones con los medios de comunicación social; la imagen corporativa de la Administración autonómica incluida su identidad digital en particular en las redes sociales; la coordinación de la actividad publicitaria bajo los criterios fijados por la Ley 8/2013, de 27 de diciembre, de comunicación y publicidad institucional de Extremadura y las actuaciones de la Junta de Extremadura en relación con la Ley 3/2008, de 16 de junio, reguladora de la Empresa Pública "Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales".

Igualmente, le corresponden las funciones de relación entre la Junta de Extremadura y la Asamblea de Extremadura. En particular, le corresponde recabar de las diferentes Consejerías cuanta información y documentación precisen de la Junta de Extremadura las diferentes Comisiones Parlamentarias, así como coordinar la comparecencia en sede parlamentaria de los miembros de la Junta de Extremadura, autoridades y funcionarios públicos competentes por razón de la materia objeto de debate.

La Consejería de Igualdad y Portavocía estará integrada, bajo la superior dirección de su titular, por una Secretaría General así como por los entes del sector público autonómico adscritos relacionados en el presente Decreto.

Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; en la disposición adicional tercera del referido Decreto se establece que: "en los decretos de estructuras orgánicas de Presidencia y de las distintas Consejerías de la Junta de Extremadura se detallarán, desarrollarán y se completarán las funciones asignadas a cada órgano en el presente decreto, sin perjuicio de la normativa sectorial que sea de aplicación. Asimismo, se concretarán las unidades administrativas que correspondan a cada órgano, así como la adscripción de puestos".

Procede, por tanto, la aprobación de un nuevo decreto de estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Portavocía para su adaptación a referido decreto de estructura básica. La aprobación de las estructura orgánicas, de acuerdo con los artículos 23 ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, así como la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR