Decreto 162/2016, de 4 de octubre, por el que se modifica el Decreto 306/2015, de 4 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de incentivos agroindustriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2016.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2016
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Medio Ambiente y Rural, PolÍTicas Agrarias y Territorio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 162/2016, de 4 de octubre, por el que se modifica el Decreto 306/2015, de 4 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de incentivos agroindustriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2016. (2016040186)

El Decreto 306/2015, de 4 de diciembre (DOE n.º 241, de 17 de diciembre), tiene por objeto la concesión de ayudas para aquellas empresas del sector agroindustrial que realicen inversiones en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El sistema agroindustrial favorece el desarrollo de las regiones agrarias por su importancia en la generación de empleo y por el incremento del valor añadido que impone a los productos agrarios.

Estas ayudas están incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, a través de la submedida 4.2. Inversiones a la Transformación, Comercialización o Desarrollo de los Productos Agrícolas.

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria anual. El plazo de presentación de solicitudes que viene determinado en el artículo 12.6 del decreto se extiende desde el 1 de octubre al 31 de enero del año siguiente al de la publicación de la convocatoria, salvo para la primera convocatoria de 2016, cuyo plazo estuvo abierto desde el día siguiente de su publicación, hasta el 28 de febrero de 2016.

Estos plazos dificultan la correcta gestión y tramitación de las ayudas, debiendo flexibilizarse y ajustarse a las necesidades tanto del sector como de la propia Administración.

Además, se ha tramitado una modificación del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 que aún está pendiente de aprobación, estando condicionada la publicación de nuevas convocatorias de ayudas a la aprobación por la Comisión Europea de esta modificación del Programa de Desarrollo Rural.

En su virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; a...

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