Decreto 134/2017, de 29 de agosto, por el que se modifica el Decreto 166/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional 'Parque Industrial Sur de Extremadura', promovido por la Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura (SOFIEX) a través de la Sociedad Parque de Desarrollo Industrial Sur de Extremadura, consistente en la reclasificación, ordenación y urbanización de terrenos situados en el paraje Dehesa de Aretio y en la construcción de un edificio de apoyo y gestión del parque, en el término municipal de Mérida.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Medio Ambiente y Rural, PolÍTicas Agrarias y Territorio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 134/2017, de 29 de agosto, por el que se modifica el Decreto 166/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional "Parque Industrial Sur de Extremadura", promovido por la Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura (SOFIEX) a través de la Sociedad Parque de Desarrollo Industrial Sur de Extremadura, consistente en la reclasificación, ordenación y urbanización de terrenos situados en el paraje Dehesa de Aretio y en la construcción de un edificio de apoyo y gestión del parque, en el término municipal de Mérida. (2017040143)

Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos en el mismo, y considerando que las alteraciones propuestas han de ser consideradas como modificación del Proyecto de Interés Regional, a tenor de lo previsto en el párrafo 2 del artículo 67 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX) y en el artículo 100.3 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura (RPLANEX), y considerando asimismo que conforme a los artículos 130.2 de este último cuerpo legal y 67.3 de la LSOTEX han de seguirse los mismos trámites prescritos para su aprobación, se observa el cumplimiento de los trámites establecidos en el artículo 62 de la LSOTEX.

El presente expediente tiene por objeto la modificación de la ordenación interior; la modificación del Plan de Etapas, pasando de cinco a dos etapas; la inclusión de un nuevo apartado en la Memoria de Ordenación; y la modificación del Proyecto de Urbanización. Por ello, no resultan afectados, y consecuentemente mantienen su vigencia, el resto de los siguientes documentos del Proyecto de Interés Regional:

- Estudio de Impacto Ambiental.

- Proyecto de E.T.A.P. (Estación de tratamiento de agua potable).

- Proyecto de E.D.A.R. (Estación de depuración de aguas residuales).

- Proyecto de depósitos de regulación, de carga y de bombeos.

- Proyecto de planta de gas natural liciado (G.N.L.).

- Proyecto de subestación eléctrica para suministro del P.I.R.

- Proyecto de acceso al P.I.R. CN-630, PK 632+937.

- Proyecto de edificio multifuncional de apoyo y gestión (E.M.A.G.).

- Proyecto de conexión de abastecimiento. 1ª fase. P.I.R. 1ª Etapa.

La modificación está motivada por la necesidad de adecuar la ordenación del P.I.R., para posibilitar la instalación de nuevas industrias, que requieran de parcelas de una mayor superficie.

Conforme a lo previsto...

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