Decreto 104/2016, de 19 de julio, por el que se dispone el nombramiento como Director Gerente de la Fundación Academia Europea de Yuste de Don Juan Carlos Moreno Piñero.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

II AUTORIDADES Y PERSONAL

  1. - NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS PRESIDENCIA DE LA JUNTA DECRETO 104/2016, de 19 de julio, por el que se dispone el nombramiento como Director Gerente de la Fundación Academia Europea de Yuste de Don Juan Carlos Moreno Piñero. (2016040118)

La Fundación Academia Europea de Yuste es una institución cultural privada de carácter permanente y sin ánimo de lucro, constituida por la Junta de Extremadura y don José Antonio Jáuregui Oroquieta, cuyas finalidades esenciales son, entre otras, describir y mostrar la obra cultural de Europa, propiciando el compromiso por el desarrollo de su dimensión social y humana, desarrollando actividades de promoción de la investigación cultural y social, organizando cuantas manifestaciones de esta índole considera oportunas a su objeto e instituyendo y otorgando el Premio Europeo Carlos V.

Los artículos 8.3 y 15.2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, determinan que las personas jurídicas institucionales, mediante acuerdo expreso de su órgano rector, podrán constituir fundaciones y formar parte del patronato, debiendo designar a la persona o personas físicas que los representen en los términos establecidos en los Estatutos.

En la reunión del Patronato de la citada fundación celebrada el día 18 de julio de 2016, se ha propuesto, de conformidad con los artículos 7 y 14 de los Estatutos, el nombramiento como Director Gerente de la misma de Don Juan Carlos Moreno Piñero.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 14.2 de los Estatutos, el puesto de Director Gerente tendrá la consideración de alto cargo de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estando sometido a los regímenes de conflictos de intereses y responsabilidades previstos para este personal en el artículo 18 de la citada ley.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR