DECRETO 83/2006, de 2 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación
Rango de LeyDecreto

DECRETO 83/2006, de 2 de mayo, por el que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Medio correspondiente al título deTécnico en Explotación de Sistemas Informáticos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Por Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, fueron transferidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria.

Por Decreto del Presidente 5/2005, de 8 de enero, se modifica la denominación y se distribuyen las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología pasa a denominarse Consejería de Educación y ejercerá las competencias que en materia de universidades, salvo las de investigación, y de educación no universitaria tenía asignadas la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología, a la que sustituye.

Con el Título de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos se debe adquirir la competencia general de instalar y mantener servicios sobre redes fijas y móviles, servicios de Internet y los sistemas informáticos monousuario y multiusuario, prestando 7832 9 Mayo 2006 D.O.E.?Número 54

El ?grado de utilización? expresa en tanto por ciento la ocupación del espacio, por un grupo de alumnos, prevista para la impartición del ciclo formativo.

En el margen permitido por el ?grado de utilización?, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnado que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

A N E X O V REQUISITOS DE ESPACIO E INSTALACIONES De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales y las correspondientes enseñanzas comunes, los requisitos de espacios e instalaciones de este ciclo formativo son:

soporte al usuario final en condiciones de calidad, de seguridad y en los plazos adecuados.

Esta competencia profesional general se organiza en las siguientes unidades de competencia:

  1. Instalar y mantener servicios de redes.

  2. Instalar y mantener equipos y sistemas informáticos en entornos monousuario y multiusuario.

  3. Instalar y mantener aplicaciones ofimáticas y corporativas.

  4. Instalar y mantener servicios de Internet.

  5. Realizar la administración, gestión y comercialización en una pequeña empresa o taller.

Una vez fijadas por el Gobierno las enseñanzas comunes que constituyen los elementos mínimos del título de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos mediante el Real Decreto 497/2003, de 2 de mayo, corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura determinar el currículo que responda a los intereses, necesidades y rasgos específicos del contexto social y cultural de Extremadura.

El presente Decreto tiene como objeto establecer el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, determinando los objetivos generales, los módulos profesionales, sus objetivos específicos en términos de capacidades terminales, sus contenidos y los criterios de evaluación.

En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 2 de mayo de 2006,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El presente Decreto tiene como objeto establecer el currículo correspondiente al Título de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro de la Familia Profesional de Informática, de acuerdo con el Real Decreto 497/2003, de 2 de mayo, por el que se establece el título de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos y las correspondientes enseñanzas comunes.

Artículo 2 Objetivos generales.

Los objetivos generales de las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos son los siguientes:

  1. Interpretar y comprender la información técnica y en general, todo el lenguaje simbólico asociado, de las operaciones de los trabajos realizados en la instalación y mantenimiento de equipos y sistemas, en el área de las tecnologías de la información.

  2. Realizar la instalación y el mantenimiento de los servicios de redes de área local (LAN), de los equipos y sistemas informáticos y de los accesos a Internet, operando las herramientas, utilidades, materiales e instrumentos necesarios, y actuando con la calidad, eficacia y seguridad requeridas en los plazos establecidos.

  3. Realizar la implantación y el mantenimiento de aplicaciones ofimáticas y corporativas, y las operaciones de mantenimiento de bases de datos corporativas ya creadas, operando con los instrumentos y herramientas informáticas necesarias, y actuando con la calidad, eficacia y seguridad requeridas en los plazos establecidos.

  4. Realizar el mantenimiento de servicios de Internet, operando las herramientas informáticas, materiales e instrumentos necesarios, y actuando con la calidad, eficacia y seguridad requeridas en los plazos establecidos.

  5. Analizar los procesos de instalación y mantenimiento de servicios informáticos, comprendiendo la interrelación y secuencia lógica de las fases de los trabajos, y observando la correspondencia entre dichas fases y los equipos, materiales y técnicas específicas que intervienen en cada uno de ellos, respetando normas establecidas.

  6. Comprender el marco legal, económico y organizativo que regula y condiciona la actividad industrial, identificando los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, adquiriendo la capacidad de seguir los procedimientos establecidos y de actuar con eficacia en las anomalías que pueden presentarse en los mismos.

  7. Utilizar y buscar cauces de información y formación relacionada con el ejercicio de la profesión, que le posibiliten el conocimiento y la inserción en el sector informático, y la evolución y adaptación de sus capacidades profesionales a los cambios tecnológicos y organizativos del sector.

  8. Conocer los recursos y medios informáticos utilizados en las empresas y Administraciones Públicas de Extremadura en general y, en particular, del ámbito geográfico más próximo al Centro Educativo donde el alumnado estudie estas enseñanzas.

Artículo 3 Estructura del currículo.
  1. Las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos se organizarán en módulos profesionales asociados a las unidades de competencia, módulos transversales y otros, con una duración D.O.E.?Número 54 9 Mayo 2006 7833

    total del ciclo formativo de 2.000 horas que serán distribuidas en dos cursos.

  2. Los módulos profesionales asociados a las unidades de competencia son:

    ? Instalación y mantenimiento de servicios de redes locales, asociado a la Unidad de competencia 1: Instalar y mantener servicios de redes.

    ? Instalación y mantenimiento de equipos y sistemas informáticos, asociado a la Unidad de competencia 2: Instalar y mantener equipos y sistemas informáticos en entornos monousuario y multiusuario.

    ? Implantación y mantenimiento de aplicaciones ofimáticas y corporativas, asociado a la Unidad de competencia 3: Instalar y mantener aplicaciones ofimáticas y corporativas.

    ? Operaciones con bases de datos ofimáticas y corporativas, asociado a la Unidad de competencia 3.

    ? Instalación y mantenimiento de servicios de Internet, asociado a la Unidad de competencia 4: Instalar y mantener servicios de Internet.

    ? Mantenimiento de portales de información, asociado a la Unidad de competencia 4.

    ? Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa, asociado a la Unidad de competencia 5: Realizar la administración, gestión y comercialización en una pequeña empresa o taller.

  3. Los módulos profesionales transversales son aquellos que están asociados a más de una unidad de competencia, y serán:

    ? Sistemas operativos en entornos monousuario y multiusuario.

    ? Relaciones en el equipo de trabajo.

  4. Otros módulos profesionales, son:

    ? Formación y orientación laboral.

    ? Formación en centros de trabajo.

  5. Los contenidos, las capacidades terminales y los criterios de evaluación de cada uno de los módulos profesionales, que constituyen el currículo del título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos, se recogen en el Anexo I del presente Decreto.

  6. La distribución de los módulos profesionales, sus correspondientes códigos y la duración de los mismos se recoge en el Anexo II.

  7. El horario semanal para la impartición de los módulos profesionales que componen las enseñanzas del título de formación profesional de Técnico en Explotación de Sistemas Informáticos será el que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR