Decreto 180/2012, de 7 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 75/2010, de 18 de marzo, por el que se crea la Sede Electrónica Corporativa, se regulan determinados aspectos relativos a la identificación y autenticación electrónica y se establecen medidas para la copia electrónica de documentos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyDecreto

DECRETO 180/2012, de 7 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 75/2010, de 18 de marzo, por el que se crea la Sede Electrónica Corporativa, se regulan determinados aspectos relativos a la identificación y autenticación electrónica y se establecen medidas para la copia electrónica de documentos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2012040200)

Mediante la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, cuya mayor parte de preceptos tienen carácter básico, se modifica sustancialmente el marco jurídico en materia de Administración electrónica.

Dicha ley fue desarrollada por el Decreto 75/2010, de 18 de marzo, por el que se crea la Sede Electrónica Corporativa, se regulan determinados aspectos relativos a la identificación y autenticación electrónica y se establecen medidas para la copia electrónica de documentos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha norma se contempló la posibilidad de segregar claramente el ámbito de los servicios de información administrativa de los servicios de pura tramitación telemática.

La Junta de Extremadura dispone de un Portal Ciudadano que sirve como primera vía de atención a todos aquellos ciudadanos que requieren un acceso básico a los servicios administrativos, reclamando fundamentalmente información, funcionalidad que estaba hasta ahora mezclada con el portal propio de la sede electrónica corporativa, sin que tenga relación directa con ella.

El Decreto 75/2010, de 18 de marzo, requiere una actualización para dotarlo de mayor claridad en el sentido anteriormente expuesto, y adaptarlo tanto a la estructura orgánica actual del Gobierno autonómico como a la realidad de los cambios en las plataformas tecnológicas de la Administración regional que se han venido materializando.

De conformidad con el Decreto 206/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Pública, compete a la Dirección General de Administración Electrónica y Tecnologías de la Información el estudio, propuesta y ejecución de programas de actuación en el campo de la informática y la telemática, y, en general, de las tecnologías que favorecen el desarrollo de la administración electrónica, así como la elaboración de planes y procedimientos en materia de organización informática para el mejor aprovechamiento global de los recursos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En su...

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