RESOLUCIóN de 10 de noviembre de 2009, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Igualdad y Empleo, a través del SEXPE, y la Diputación Provincial de Cáceres para la creación de un equipo de apoyo a la planificación territorial de empleo.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyResolución

Habiéndose firmado el día 27 de julio de 2009 Convenio de Colaboración entre la Consejería de Igualdad y Empleo, a través del SEXPE, y la Diputación Provincial de Cáceres para la creación de un equipo de apoyo a la planificación territorial de empleo, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.º del Decreto 1/1994, de 25 de enero, sobre creación y funcionamiento del Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

R E S U E L V O :

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente Resolución.

Mérida, a 10 de noviembre de 2009.

La Secretaria General,

ANTONIA CERRATO RODRÍGUEZ

A N E X O

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y EMPLEO, A TRAVÉS DEL SEXPE, Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES PARA LA CREACIÓN DE UN EQUIPO DE APOYO A LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO

En Mérida, a 27 de julio de 2009.

REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señora D.ª Pilar Lucio Carrasco, Consejera de Igualdad y Empleo, nombrada por Decreto del Presidente 24/2007, de 30 de junio (DOE núm. 6, de 2 de julio), actuando especialmente autorizada para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 3 de julio de 2009.

De otra, el Ilmo. Sr. D. Juan Andrés Tovar Mena, en su condición de Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, nombrado por Acuerdo del Pleno de 14 de julio de 2003, autorizado para la firma de este Convenio por Acuerdo del Pleno del día 29 de junio de 2009.

Ambas partes en el ejercicio de las facultades que tienen conferidas, se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente Convenio y, en su virtud,

MANIFIESTAN:

Que la Consejería de Igualdad y Empleo tiene competencia en materia de trabajo y empleo, conforme a lo dispuesto en el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, por el que se

modifican la denominación, número y competencias de las Consejerías de que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Que el Servicio Extremeño Público de Empleo, en su condición de organismo público adscrito a la Consejería de Igualdad y Empleo, es el órgano gestor de la política de empleo conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 7/2001, de 14 de junio, de Creación del Servicio Extremeño Público de Empleo.

Que la Diputación Provincial de Cáceres tiene atribuida entre sus competencias de conformidad con el artículo 36.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.

Que la Diputación Provincial de Cáceres, a través del Organismo Autónomo para el Desarrollo Local, creado de conformidad con el artículo 85 bis de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, tiene como finalidad la promoción, el desarrollo y el fomento de la formación profesional ocupacional y otras políticas de formación-empleo en su ámbito de gestión.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, y de acuerdo con lo establecido en la Estrategia Europea de Empleo, las políticas de empleo en su diseño y modelo de gestión deberán tener en cuenta su dimensión local para ajustarlas a las necesidades del territorio, de manera que favorezcan y apoyen las iniciativas de generación de empleo en el ámbito local.

El citado precepto sigue indicando que, de acuerdo con la Constitución, con los Estatutos de Autonomía y con la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades autónomas establecerán los mecanismos de colaboración oportunos y, en su caso, de participación con las corporaciones locales para la ejecución de los programas y medidas de las políticas activas de empleo.

El artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración Local y de las Comunidades Autónomas en asuntos de interés común puede tener lugar, en todo caso, mediante los convenios administrativos que se suscriban.

Que el Plan de Fomento y Calidad en el Empleo de Extremadura, dentro de la prioridad 1 "La Intermediación y la mejora de los sistemas", contempla la medida 1.3 "Mejorar la calidad y aplicación de las medidas activas de empleo", presentando como medida la creación de "Unidades de apoyo a las medidas activas de empleo y a la política de empleo" con el propósito de hacer llegar las Medidas Activas de Empleo (MAE) a todo el territorio. Para ello, las Diputaciones Provinciales tendrán un papel activo en la articulación de este servicio a través de Convenios de Colaboración con la Consejería de Igualdad y Empleo.

Que la Diputación Provincial de Cáceres, a través del Organismo Autónomo para el Desarrollo Local, cuenta con una larga experiencia obtenida a través de la puesta en marcha de proyectos como UPD, GPA y REPORTE, cuya finalidad última está siendo la prestación de servicios de apoyo y asistencia técnica a los territorios para la implementación de determinadas medidas activas de empleo: GPA vinculado a los AEDL; UPD en el ámbito de las ETCOTEs y el proyecto REPORTE,

creando procesos de dinamización territoriales a través de diseños metodológicos para favorecer la coordinación y cooperación entre los agentes locales relacionados con el empleo, así como...

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