RESOLUCIóN de 18 de noviembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en aplicación del Real Decreto 154/1996, de 2 de febrero, por el que se instrumenta un Plan Nacional de Abandono Voluntario y definitivo...

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejeria de Presidencia y Trabajo
Rango de LeyResolución

DIPOSICION ADICIONAL En lo no contemplado en el presente convenio se estará a lo que se establece en el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación aplicable en este sector.

ANEXO I TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 1996

IMPORTE MENSUAL SEGUN ARTICULO 8 DEL PRESENTE CONVENIO Salario Base..................................................... 84.000 Ptas.

Plus Convenio .................................................. 8.096 Ptas.

Plus de Transporte.......................................... 10.395 Ptas.

En cumplimiento de lo previsto en el punto 3 del artículo 26 de la Ley 11/1994, de 19 de mayo, a continuación se indica la remuneración anual sin antigüedad en función de las horas de trabajo en única categoría que tiene el convenio.

Salario Base (15 pagas) ................................. 1.260.000 Ptas.

Plus Convenio (12 pagas)............................... 97.146 Ptas.

Plus de Transporte (11 Pagas) ...................... 114.345 Ptas.

TOTAL BRUTO ANUAL....................................... 1.471.491 Ptas.

RESOLUCION de 18 de noviembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en aplicación del Real Decreto 154/1996, de 2 de febrero, por el que se instrumenta un Plan Nacional de Abandono Voluntario y definitivo de la Producción Lechera.

Habiéndose firmado el día 6 de septiembre de 1996 un Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en aplicación del Real Decreto 154/1996, de 2 de febrero, por el que se instrumenta un Plan Nacional de Abandono Voluntario y Definitivo de la Producción Lechera, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.º del Decreto 1/1994, de 25 de enero, sobre creación y funcionamiento del Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

R E S U E L V O La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo.

Mérida, 18 de noviembre de 1996.

El Secretario General Técnico,

JOSE ANGEL RODRIGUEZ JIMENEZ CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA Y EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, EN APLICACION DEL REAL DECRETO 154/1996, DE 2 DE FEBRERO, POR EL QUE SE INSTRUMENTA UN PLAN NACIONAL DE ABANDONO VOLUNTARIO Y DEFINITIVO DE LA PRODUCCION LECHERA.

En Madrid, a 6 de septiembre de 1996.

R E U N I D O S De una parte, la Excma. Sra. D.ª Loyola de Palacio del Valle-Lersundi, Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real Decreto 762/1996 (B.O.E. de 6 de mayo), por delegación del Gobierno de la Nación, de conformidad con el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, y con el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Eugenio Alvarez Gómez, Consejero de Agricultura y Comercio por Decreto 23/1995 (D.O.E. n.º 86, de 22-7-95), en virtud del acuerdo de autorización del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura de fecha 30-7-96.

Se reconocen recíprocamente la capacidad legal para otorgar el presente convenio...

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