ORDEN de 7 de octubre de 1996, por la que se anuncia las bases que regirán en el concurso de adjudicación de la explotación de la finca 'El Verdugal'.

SecciónV - Anuncios
EmisorConsejería de Agricultura y Comercio
Rango de LeyOrden

CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y COMERCIO ORDEN de 7 de octubre de 1996, por la que se anuncia las bases que regirán en el concurso de adjudicación de la explotación de la finca 'El Verdugal'.

El uso de la finca 'El Verdugal' quedó expropiado en favor de la Junta de Extremadura en aplicación de la Ley 34/79 de 16 de noviembre sobre fincas manifiestamente mejorables, adjudicándose la explotación de la misma en subarriendo el 28 de noviembre de 1991 a la Sociedad Agraria de Trabajo Asociado 10-CC-362.

Dicha adjudicación ha dejado de tener efecto desde el pasado 4 de junio de 1996, por Resolución del Consejero de Agricultura y Comercio a petición del Presidente de la mencionada Sociedad y de acuerdo con lo dispuesto al efecto en la cláusula tercera del contrato de subarriendo convenido entre ambas partes el 30 de mayo 1992.

Procede adjudicar de nuevo la explotación de la finca 'El Verdugal' mediante el preceptivo concurso de adjudicación, cuyas bases se especifican a continuación.

  1. Objeto del Concurso El objeto del presente Concurso es la adjudicación de la explotación de la finca 'El Verdugal', situada en los términos municipales de Pasarón de la Vera y Tejeda de Tiétar, ambos pertenecientes a la provincia de Cáceres.

  2. Régimen de explotación La finca se adjudicará en régimen de subarriendo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 34/79, de 16 de noviembre, sobre fincas manifiestamente mejorables.

    La duración del contrato, el canon de arrendamiento y el resto de las caracterícticas del subarriendo se especifican en el contrato que figura como anexo 1 en la presente Resolución.

  3. Requisitos de los solicitantes Sólo podrán optar a la explotación de la mencionada finca cultivadores directos y personales, o bien, trabajadores agrícolas por cuenta ajena, según lo dispuesto en el artículo 10 de la indicada Ley.

    Por el tipo de instalaciones que se ha dotado a la finca 'El Verdugal' resulta impracticable la explotación de la misma por varios individuos simultáneamente, por lo que la adjudicación se efectuará

    a un solo titular, bien a nivel individual o como entidad asociativa, constituida mediante cualquiera de los mecanismos legales preceptivos al efecto.

  4. Plan de explotación de la finca.

    Los solicitantes deberán presentar un Plan de Explotación de la finca para los años objeto de adjudicación, en el que se expondrán, al menos, los siguientes aspectos:

    Orientaciones productivas.

    Planificación detallada de los trabajos a realizar en cada orientación.

    Personal ocupado en la explotación, especificando el personal fijo, jornales eventuales, calificación requerida y su distribución a lo largo de cada ejercicio económico.

    Estudio económico de la explotación.

    Exposición clara y detallada del proceso de comercialización a seguir.

    Los solicitantes deberán utilizar la totalidad o parte de los medios de producción disponibles en la finca en su plan de explotación, incluidos los 18.000 m2 de invernaderos con que cuenta la finca.

    Podrán introducir nuevos equipos e infraestructura en su modelo de explotación, indicándolo expresamente en el plan, así como la financiación concreta de los mismos, que podría llegar a ser aportada total o parcialmente por la Junta de Extremadura si la importancia o naturaleza del plan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR