Orden de 8 de junio de 2011 por la que se establece la convocatoria de ayudas de apoyo a los agricultores que participen en programas relativos a la calidad de los alimentos en el ejercicio 2011.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

ORDEN de 8 de junio de 2011 por la que se establece la convocatoria de ayudas de apoyo a los agricultores que participen en programas relativos a la calidad de los alimentos en el ejercicio 2011. (2011050204)

El Decreto 116/2010, de 14 de mayo (DOE n.º 96, de 21 de mayo de 2010), establece y regula las ayudas de apoyo a los agricultores que participen en programas relativos a la calidad de los alimentos.

El artículo 1, apartado 2 del Decreto 116/2010, establece que la convocatoria de estas ayudas será periódica y se realizará por Orden del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, así como la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en uso de las atribuciones conferidas resulta necesario efectuar la convocatoria de ayudas para el ejercicio presupuestario de 2011 con vistas a la consecución de los fines pretendidos,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas reguladas mediante el Decreto 116/2010, de 14 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a los agricultores que participen en programas relativos a la calidad de los alimentos en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 96, de 21 de mayo de 2010), para el ejercicio presupuestario de 2011.

Artículo 2 Beneficiarios.

Tendrán la condición de beneficiario los agricultores, comunidades de bienes y asociaciones con personalidad jurídica, que a fecha de finalización del plazo de solicitudes, tengan inscritas sus explotaciones en algunos de los Programas de Calidad agroalimentaria diferenciada y estén contemplados en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura, FEADER 2007-2013, en la Medida 1.3.2 "Apoyo a los agricultores que participan en programas relativos a la calidad de los alimentos", Eje 1 "Aumento de la competitividad del Sector Agrario y forestal", y cumplan lo establecido en los artículos 2 y 3 del Decreto 116/2010, de 14 de mayo.

Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 3 Solicitudes, plazos y documentación complementaria.
  1. Cada solicitud se referirá a una única explotación agrícola, según la definición establecida en el artículo 2, apartado 2 del Decreto 116/2010, de 14 de mayo.

  2. Las solicitudes se cumplimentarán a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura (http://aym.juntaex.es), a través de la aplicación ARADO-LABOREO, al que se accederá mediante clave personalizada, facilitada en las Oficinas Comarcales Agrarias. El modelo de solicitud estará a disposición de los interesados en la misma dirección de Internet. Una vez cumplimentada la solicitud de ayudas, el solicitante deberá imprimirla, firmarla y presentarla conforme al apartado 3 del presente artículo.

  3. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Explotaciones Agrarias y Calidad Alimentaria. Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, Avda. de Portugal, s/n., 06800 Mérida. Podrá ser presentada en las oficinas que realicen funciones de registro de cualquier órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, los órganos de la Administración General del Estado, los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente Convenio, o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  4. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales desde la publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura.

  5. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    1. Documentación general:

  6. En el caso de personas jurídicas, deberán presentar certificado original o copia compulsada que acredite la inscripción de la entidad en el registro correspondiente, copia de los estatutos y copia compulsada del CIF de la entidad, así como documento por el que se acredite el carácter o representación de la persona que actúe en su nombre.

  7. En el caso de Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y resto de sociedades, fotocopia compulsada del documento que acredite su constitución.

  8. En caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, deberá hacerse constar en documento unido a la solicitud (Anexo III):

    - Compromiso de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación.

    - Importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos.

    - Nombramiento de un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir obligaciones que, como beneficiarios, corresponden a la agrupación.

  9. No obstante, aquellos titulares que hubieran sido beneficiarios de ayudas a titulares de explotaciones ganaderas que participen...

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