ORDEN de 16 de mayo de 1996, por la que se convocan ayudas para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, durante el curso académico 1996/97, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Juventud
Rango de LeyOrden

ORDEN de 16 de mayo de 1996, por la que se convocan ayudas para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, durante el curso académico 1996/97, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La calidad es uno de los pilares en la nueva Ordenación del Sistema Educativo. También lo es alcanzar una educación para todos y todas. Así pues, es necesario que la calidad alcance también a aquellos alumnos y alumnas que se incorporan al Sistema Educativo en una situación de desventaja por razones que remiten a características personales.

En este sentido se ha realizado un amplio esfuerzo en promocionar recursos humanos e infraestructuras para facilitar el acceso a la escolarización plena de estos alumnos y alumnas.

No obstante, como consecuencia de la prolongación de la enseñanza obligatoria, se hace necesario potenciar las ayudas que se dan para la atención de estos alumnos y alumnas, adaptar la respuesta educativa a estas necesidades y mejorar el servicio educativo con nuevas exigencias sociales.

La Consejería de Educación y Juventud de la Junta de Extremadura quiere contribuir a la igualdad social y al principio de igualdad de oportunidades.

Por ello, a propuesta del Director General de Promoción Educativa,

D I S P O N G O

ARTICULO 1 Convocatoria Por la presente Orden se convocan ayudas de Educación Especial, para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 1996/97.
ARTICULO 2 Modalidades de las ayudas Se establecen tres Modalidades de ayudas, con las siguientes características generales:
  1. Modalidad A: Ayudas de transporte. Para alumnos y alumnas que cursen estudios de Educación Secundaria Obligatoria y por sus condiciones físicas o mentales no puedan utilizar el transporte habitual. Para tener derecho a esta ayuda será necesario que el Centro de Educación Secundaria Obligatoria se halle situado en localidad diferente al de residencia familiar.

  2. Modalidad B: Ayudas para material didáctico específico y de acceso al currículo. Para los alumnos y alumnas que cursen sus estudios en centros de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.

  3. Modalidad C: Ayudas para apoyo a las necesidades educativas especiales fuera del centro. Para alumnos que cursen sus estudios en un centro de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.

ARTICULO 3 Crédito y cuantía de las ayudas 1

Para...

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