DECRETO 109/2002, de 23 de julio, de declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: 'Encauzamiento en Salvatierra de los Barros'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Obras Publicas y Turismo
Rango de LeyDecreto

los vertidos de la población de Medellín al río Ortigas, que desemboca a continuación en el río Guadiana. Tales problemas se tratarán de solventar con la ejecución de un nuevo colector y prolongación del existente, junto con nuevos ramales.

El proyecto fue aprobado en fecha 28 de febrero de 2002.

Habiéndose practicado Información Pública por Resolución de 12 de junio de 2002 (D.O.E. nº 70 de 18 de junio de 2002), dentro del plazo al efecto concedido, no se han presentado escritos de alegaciones.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 23 de julio de 2002, D I S P O N G O

Artículo Único Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición de derechos necesarios para la ejecución de las obras de: 'COLECTORES EN MEDELLÍN', con los efectos y alcance previsto en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.

Mérida, 23 de julio de 2002.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRÍGUEZ IBARRA

El Consejero de Obras Públicas y Turismo,

EDUARDO ALVARADO CORRALES

DECRETO 109/2002, de 23 de julio, de declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de:

'Encauzamiento en Salvatierra de los Barros'.

La Consejería de Obras Públicas y Turismo, tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 4/1999, de 20 de julio, las competencias transferidas del Estado en materia de saneamiento, abastecimiento, encauzamiento, defensa de márgenes y regadíos.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, art. 47 b), correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras, Salvatierra de los Barros, viene sufriendo graves problemas de inundaciones con riesgos...

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