DECRETO 129/1998, de 3 de noviembre, de declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Mejora de abastecimiento de agua a Talaveruela de la Vera.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Obras publicas y Transportes
Rango de LeyDecreto

CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES DECRETO 129/1998, de 3 de noviembre, de declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de:

Mejora de abastecimiento de agua a Talaveruela de la Vera.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes, tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 20/1995, de 21 de julio, las competencias transferidas del Estado en materia de saneamiento, abastecimiento, encauzamiento, defensa de márgenes y regadíos.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 50 b), correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras de que se trata, Talaveruela, viene sufriendo graves problemas de abastecimiento de agua potable, debido al insuficiente caudal, lo cual ocasiona riesgos higiénico-sanitarios, que se trata de solventar con la solución adoptada, con la construcción de una estación de tratamiento.

El proyecto fue aprobado en fecha 30 de junio de 1998.

Habiéndose practicado Información Pública por Resolución de 9 de septiembre de 1998 (D.O.E. n.º 107 de 19 de septiembre), dentro del plazo al efecto concedido, no se han presentado escritos de alegaciones.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 3 de noviembre de 1998,

D I S P O N G O ARTICULO UNICO.Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición de derechos necesarios para la ejecución de las obras de: 'Mejora de abastecimiento a Talaveruela', con los efectos y alcance previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.

Mérida, 3 de noviembre de 1998.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRIGUEZ IBARRA El Consejero de Obras Públicas y Transportes,

JAVIER COROMINAS RIVERA I I I . O t r a s R e s o l u c i o n e s CONSEJERIA DE...

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