DECRETO 195/2009, de 14 de agosto, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para la ejecución de las obras de 'Abastecimiento a la Mancomunidad de Las Tres Torres'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

La Consejería de Fomento tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 17/2007, de 30 de junio, las competencias transferidas del Estado en materia de saneamiento, abastecimiento, encauzamiento, defensa de márgenes y regadíos.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 47.b), correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

La urgencia viene motivada por cuanto las localidades afectadas por las obras de que se trata vienen sufriendo graves problemas de abastecimiento de agua potable debido a la insuficiencia del volumen embalsado en la presa de Jarripa, de la que se abastece la Mancomunidad, para el normal abastecimiento a los núcleos de población que la integran.

Las obras a ejecutar tratan de resolver, pues, los problemas de suministro de agua potable mediante la solución adoptada, que consiste, en esencia, en la realización de una captación alternativa desde la presa de Aldea del Cano.

Las razones expuestas han motivado que por Resolución de 4 de junio de 2009 se resuelva la tramitación de emergencia de las obras de abastecimiento a Mancomunidad de Las Tres Torres, de la que se da cuenta al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en sesión de 24 de julio de 2009, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 97 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. A fin de regularizar la situación jurídica e indemnizar a los propietarios afectados, por Resolución de 16 de junio de 2009 (DOE n.º 122, de 26 de junio) se practica información pública de bienes y derechos, así como sus propietarios, afectados por las obras de referencia, presentándose alegaciones, dentro del plazo al efecto concedido, por D. Secundino Blázquez Arroyo, D.ª M.ª Luisa Lillo Puente y D.ª Sofía Pérez Leo, las cuales han sido objeto de contestación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Fomento, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 14 de agosto de 2009,

DISPONGO:

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