Orden de 19 de noviembre de 2013 por la que se da publicidad a la Resolución de 29 de octubre de 2013, de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyOrden

IIAUTORIDADES Y PERSONAL

  1. - OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 19 de noviembre de 2013 por la que se da publicidad a la Resolución de 29 de octubre de 2013, de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal. (2013050262)

La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en su disposición transitoria séptima , establece que en tanto no se aprueben las normas de desarrollo de la disposición adicional segunda del Estatuto, sobre el régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, continuarán en vigor las disposiciones que en la actualidad regulan la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que se entenderán referidas a la Escala de Funcionarios con habilitación de carácter estatal.

El Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, que regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, determina, en su artículo 25 que el Ministerio para las Administraciones Públicas efectuará convocatoria anual de concurso unitario, en cada Subescala, para la provisión de aquellos puestos de trabajo vacantes reservados a concurso que no hubieran sido incluidos en la convocatoria anual de concurso ordinario.

Los concursos unitarios se regirán por las bases que aprueben el Ministerio para las Adminis -traciones Públicas, en función de los méritos generales y de acuerdo con las Co mu nidades Autónomas, en su caso, respecto al requisito de la lengua propia y de los méritos determinados por ésta.

La disposición final segunda autoriza al Ministerio para las Administraciones Públicas para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del mencionado Real Decreto.

Así, el artículo 13 de la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, establece que las Comunidades Autónomas publicarán la convocatoria de concurso unitario con referencia a las vacantes correspondientes a su ámbito territorial.

En su virtud y en uso de las atribuciones conferidas

DISPONGO:

Artículo Único Dar publicidad a la Resolución de 29 de octubre de 2013 de la Dirección General de la Función Pública por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de tra-

bajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal respecto a las vacantes correspondientes al ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

Mérida, a 19 de noviembre de 2013.

El Consejero de Administración Pública

PEDRO TOMÁS NEVADO-BATALLA MORENO

Resolución de 29 de octubre de 2013, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Considerando lo dispuesto en el apartado 5.1 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Considerando asimismo, según la previsión contemplada en la disposición transitoria séptima de dicha norma, lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, 13 y 14 de la Orden de 10 de agosto de 1994, y demás concordantes.

Vista la normativa aprobada, en su caso, por las distintas Comunidades Autónomas sobre méritos de determinación autonómica y conocimiento de la lengua propia.

En uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, esta Dirección General ha resuelto efectuar la convocatoria del concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal correspondiente al año 2013, con sujeción a las siguientes

BASES

Primera. Puestos vacantes.

Tienen la consideración de puestos vacantes a efectos de este concurso, y por tanto se ofrecen en el mismo (Anexo I):

Aquellos puestos que, encontrándose vacantes con anterioridad al 10 de febrero de 2013, no hubiesen sido convocados por las Corporaciones Locales en el concurso ordinario.

Aquellos puestos que habiendo sido convocados en el concurso ordinario hubiesen quedado desiertos.

Aquellos puestos que habiendo sido convocados en el concurso ordinario no se hubieran adjudicado por la corporación local por otras causas.

Aquellos puestos cuyas corporaciones locales soliciten expresamente su inclusión a pesar de haber resultado vacantes con posterioridad a la convocatoria del concurso ordinario.

Segunda. Participación.

  1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios con habilitación de carácter estatal, pertenecientes a las subescalas a que se refiere el artículo 20 del Real Decreto

    1174/1987, de 18 de septiembre, de Régimen Jurídico de los funcionarios de Ad mi nis -tración Local con habilitación de carácter nacional, pudiendo solicitar únicamente los puestos que, según su clasificación, correspondan a las subescalas y categorías a que pertenezcan.

    Podrán participar asimismo los funcionarios no integrados en dichas subescalas y categorías, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local a que se refiere la Disposición Transitoria Primera , 1, del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en los términos siguientes:

    Los Secretarios de primera, a puestos reservados a la subescala de Secretaría, categoría superior.

    Los Secretarios de segunda, a puestos reservados a la subescala de Secretaría, categoría de entrada.

    Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la subescala de Secretaría-Inter vención.

    Los Secretarios de Ayuntamientos «a extinguir», a Secretarías de Ayuntamientos con población que no exceda de 2.000 habitantes.

    Los Interventores, a puestos reservados a la subescala de Intervención - Tesorería, categoría superior, pero únicamente a puestos de Intervención.

    Los Depositarios, a puestos reservados a la Subescala de Intervención - Tesorería, pero únicamente a puestos de Tesorería.

  2. No obstante, están obligados a participar en el concurso unitario, a la totalidad de puestos correspondientes a su subescala y categoría, los funcionarios con nombramiento provisional y aquellos a que se refiere el artículo 53.1 y 2 del Real Decreto 1174/1987, de 28 de septiembre.

    Si no solicitasen todos los puestos, se entenderá que renuncian a establecer orden de prelación respecto a los no relacionados en favor del Tribunal de Valoración, que podrá adjudicarles cualquiera de ellos.

  3. No podrán concursar:

    Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

    Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

    Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

    Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que concursen a puestos reservados a su

    Subescala y categoría en la misma Entidad Local o se encuentren en los supuestos del artículo 20.1.f), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

    Tercera. Documentación y plazo.

    En el plazo de 15 días naturales a partir de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», los funcionarios con habilitación de carácter estatal que deseen tomar parte en el presente concurso dirigirán a la Subdirección General de Relaciones con Otras Administraciones (Registro de entrada de...

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