DECRETO 69/2004, de 4 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas a determinadas superficies de frutos de cáscara y de algarrobas para el año 2004.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 69/2004, de 4 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas a determinadas superficies de frutos de cáscara y de algarrobas para el año 2004.

La Orden APA 717/2004 de 17 de marzo de 2004 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establece la normativa para la concesión de ayudas a determinadas superficies de frutos de cáscara y de algarrobas para el año 2004, determina el marco básico en el que deben encuadrarse las actuaciones de las Administraciones Públicas competentes en la tramitación, control, resolución y pago de estas ayudas en España.

En el preámbulo de la citada orden se referencian los Reglamentos Comunitarios en los que se basan estasayudas.

La Ley 5/1992, de 26 de noviembre, de la Asamblea de Extremadura sobre Ordenación de las Producciones Agrarias, crea el Registro de Explotaciones Agrarias. El Decreto 31/1993, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, establece la obligación por parte de los titulares de presentar una declaración con los datos que la Administración Regional le solicite, y autoriza a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente a actualizar mediante Orden los modelos establecidos.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, y para la adecuada aplicación de la normativa en nuestra Comunidad Autónoma, y sin perjuicio de la directa aplicabilidad de la Reglamentación Comunitaria y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 4 de mayo de 2004, D I S P O N G O

Artículo 1 Objeto

El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas por superficie, para el año 2004, a plantaciones de almendro, nogal, avellano, pistacho y algarrobo, en aplicación del capítulo IV del Título IV del R(CEE) 1782/2003, del capítulo V del R(CEE) 2237/2003 y de la Orden APA 717/2004 de 17 de marzo de 2004 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Artículo 2 Beneficiarios

Los titulares de superficies correspondientes a plantaciones de almendro, nogal, pistacho, avellano y algarrobo, y pertenecientes a una Organización de Productores...

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