Acuerdo de 30 de junio de 2010 por el que se someten a información pública la petición de autorización administrativa, la declaración de utilidad pública, en concreto, y la necesidad de urgente ocupación, que ello implica, de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-001788-017129.

SecciónV - Anuncios
EmisorConsejería de Industria, Energía y Medio Ambiente
Rango de LeyAcuerdo

2010AC0027)

A los efectos prevenidos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa y declaración en concreto de la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación que ello implica de la instalación que a continuación se detalla:

PETICIONARIO:

Endesa Distribución Eléctrica, SL, con domicilio en: Badajoz, Parque de Castelar, n.º 2.

LÍNEA ELÉCTRICA:

Origen: apoyo proyectado S/C n.º 1 de la línea "Burguillos" de Sub. Burguillos propiedad de Endesa Distribución Eléctrica, SL.

Final: Centro de Seccionamiento "Brovales" (47489) situado en la localidad de Brovales y propiedad de Endesa.

Términos municipales afectados: Burguillos del Cerro y Jerez de los Caballeros.

Tipos de línea: aérea y subterránea.

Tensión de servicio en kV: 15/20.

Materiales: homologados.

Conductores: aluminio. Acero. Aluminio.

Longitud total en km: 9,104.

Apoyos: metálico. Hormigón.

Número total de apoyos de la línea: 47.

Crucetas: bóveda. Especial doble circuito.

Aisladores:

Tipo Material

Suspendido Vidrio Emplazamiento de la línea: parajes denominados Sierra del Cordel, La Cañada, La Lobera y La Palomera en los TTMM de Burguillos del Cerro y Jerez de los Caballeros.

Presupuesto en euros: 199.244,00.

Presupuesto en pesetas: 33.151.412.

Finalidad: mejora del suministro eléctrico en la zona.

Referencia del expediente: 06/AT-001788-017129.

La declaración en concreto de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el art. 54.1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados en base a la documentación aportada por el titular de la instalación.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en este Servicio de...

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