RESOLUCIóN de 17 de mayo de 2007, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de '14 instalaciones solares de 100 kW para conexión a red en la parcela 62 del polígono 4', en el término municipal de Torremejía.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2007, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de '14 instalaciones solares de 100 kW para conexión a red en la parcela 62 del polígono 4', en el término municipal deTorremejía.

El proyecto de '14 Instalaciones solares de 100 Kw. para conexión a red, en la parcela 62, del polígono 4', en el término municipal de Torremejía (Badajoz), pertenece a los comprendidos en el Anexo I del Decreto 45/1991, sobre Medidas de Protección del Ecosistema en la Comunidad Autónoma de Extremadura (convalidado por el Decreto 25/1993, de 24 de febrero), por lo que conforme al artículo 2º se ha sometido a un estudio detallado de impacto ambiental por el trámite establecido en el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre.

El R.D. Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, cuyos preceptos tienen el carácter de legislación básica estatal a tenor de lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución; y su Reglamento de ejecución aprobado por R.D. 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Reglamento, el Estudio de Impacto Ambiental fue sometido al trámite de información pública, mediante anuncio que se publicó en el D.O.E.

n.º 16 de fecha 8 de febrero de 2007. En dicho periodo de información pública no se han presentado alegaciones. El Anexo I contiene los datos esenciales del Proyecto. Los aspectos más destacados del Estudio de Impacto Ambiental se recogen en el Anexo II.

La instalación solar fotovoltaica no afecta a Lugares de Importancia Comunitaria, ni a Zonas de Especial Protección para las Aves, ni a Humedales de la Convención de Ramsar. Tampoco se ubica dentro de Espacios Naturales Protegidos ni en el ámbito de Planes de Ordenación de los Recursos Naturales de Planes de Recuperación o Conservación de Especies Amenazadas.

En consecuencia, la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de la Junta de Extremadura, en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 1 del Decreto 45/1991, sobre Medidas de Protección del Ecosistema en la Comunidad Autónoma de Extremadura, convalidado por el Decreto 25/1993, de 24 de febrero, formula a los solos efectos ambientales, la siguiente Declaración de Impacto Ambiental, sobre el proyecto de '14 Instalaciones solares de 100 Kw.

para conexión a red, en la parcela 62, del polígono 4', en el término municipal de Torremejía (Badajoz).

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL A los solos efectos ambientales, y en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, el proyecto'14 Instalaciones solares de 100 Kw. para conexión a red, en la parcela 62, del polígono 4', en el término municipal de Torremejía (Badajoz), promovido por la empresa Forestam, S.L., resulta compatible y viable, siempre que se cumpla el siguiente condicionado:

  1. Condiciones de carácter general:

    1. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado ambiental y las incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental, mientras no sean contradictorias con las primeras.

    2. La presente declaración se refiere únicamente a la instalación solar fotovoltaica, a las edificaciones anexas y a la línea de evacuación.

    3. El condicionado de la presente declaración de impacto ambiental posee, con carácter general, un periodo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR