Resolución de 16 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Deportes, por la que se dispone la publicación de la modificación del Estatuto de la Federación Extremeña de Tiro Olímpico.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Deportes, por la que se dispone la publicación de la modificación del Estatuto de la Federación Extremeña de Tiro Olímpico. (2014062059)

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 7.g) de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, el Director General de Deportes, mediante Resolución de fecha 16 de septiembre de 2014, ha aprobado la modificación del Estatuto de la Federación Extremeña de Tiro Olímpico.

En cumplimiento de lo prevenido en el artículo 26.3 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura y en el artículo 16.2 del Decreto 27/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las federaciones deportivas extremeñas, procede la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del estatuto, reglamentos y sus modificaciones.

En virtud de lo anterior, esta Dirección General de Deportes acuerda: Disponer la publicación de la modificación del Estatuto de la Federación Extremeña de Tiro Olímpico, contenida en el Anexo a la presente resolución.

Mérida, a 16 de septiembre de 2014.

El Director General de Deportes,

ANTONIO PEDRERA LEO

Don Francisco V. Gil Hernández, con NIF 6984996B, como Secretario General de la Federación Extremeña de Tiro Olímpico, con CIF V06113971 con sede social en Cáceres, avda. Pierre de Coubertain, s/n. Pabellón Multiusos.

C E R T I F I C A

Que en la Asamblea General Extraordinaria celebrada en Cáceres el día 24 de abril del año 2014, en el punto primero del Orden del Día, se modificaron algunos de los artículos de los Estatutos en vigor a la fecha anteriormente citada y que a continuación se detallan: Artículo 3.º Sistema de integración en la federación española.

Se suprime el apartado 2 cuyo texto era: 2. La Federación Extremeña de Tiro Olímpico depende en materia competitiva y disciplinaria, a nivel estatal e internacional, de la Federación Española de Tiro Olímpico, aplicándose en este caso las normas y reglamentos de la misma.

Artículo 4 º Organización territorial y domicilio social.
  1. La Federación Extremeña de...

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