Decreto 5/2012, de 27 de enero, por el que se modifica el Decreto 188/2010, de 1 de octubre, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura y de la Comisión de Secretarios Generales, y se regula la utilización de medios electrónicos en el desarrollo de su actividad.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo Único

PRESIDENCIA DE LA JUNTA

DECRETO 5/2012, de 27 de enero, por el que se modifica el Decreto 188/2010, de 1 de octubre, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura y de la Comisión de Secretarios Generales, y se regula la utilización de medios electrónicos en el desarrollo de su actividad. (2012040008)

La modificación en la denominación, número y competencias de las Consejerías que conforman en la actualidad la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, llevada a cabo a través del Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, pone de manifiesto la necesidad de abordar decididamente la reestructuración de la Administración pública de la Comunidad Autónoma que, respondiendo a criterios de eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos públicos, simplificación de la estructura administrativa y racionalización del gasto público, se encuentre en condiciones idóneas de atender adecuadamente el servicio a la ciudadanía, en un contexto difícil.

El Decreto 204/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, aborda precisamente en su disposición final primera la modificación puntual del artículo 10 del Decreto 188/2010, de 1 de octubre, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura y de la Comisión de Secretarios Generales, y se regula la utilización de medios electrónicos en el desarrollo de su actividad, con el objetivo de adaptar la composición de la Comisión de Secretarios Generales -como órgano encargado de preparar las deliberaciones y acuerdos del Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el Capítulo IV del Título II de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura-, a las previsiones de las nuevas estructuras orgánicas de las Consejerías.

No obstante lo anterior, la creación de nuevos órganos en algunas de las estructuras orgánicas aprobadas, tales como la Secretaría General de Servicios a la Ciudadanía, Atención Sanitaria y Social y Familias (Decreto 211/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Social), la Secretaría General de Educación (Decreto 210/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura) y la Secretaría General de Empleo y Actividad Empresarial (Decreto 205/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación), hace aconsejable que dichos órganos unipersonales puedan quedar incorporados ex lege al colegiado encargado de preparar la deliberación y resolución de los asuntos corresponden al Consejo de Gobierno.

Finalmente, el artículo 33 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de...

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