Resolución de 10 de febrero de 2014, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Calamonte por el que se articula una subvención para el mantenimiento de plazas para personas mayores en situación de dependencia en centro de día.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2014, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Calamonte por el que se articula una subvención para el mantenimiento de plazas para personas mayores en situación de dependencia en centro de día. (2014060352)

Habiéndose firmado el día 26 de diciembre de 2013, el Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Calamonte por el que se articula una subvención para el mantenimiento de plazas para personas mayores en situación de dependencia en centro de día, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figura como Anexo de la presente resolución.

Mérida, a 10 de febrero de 2014.

La Secretaria General,

PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 de agosto), M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL, EL SERVICIO EXTREMEÑO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA Y EL AYUNTAMIENTO DE CALAMONTE POR EL QUE SE ARTICULA UNA SUBVENCIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DE PLAZAS PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA EN CENTRO DE DÍA

En Mérida, 26 de diciembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, D. Luis Alfonso Hernández Carrón, que interviene en nombre y representación de la Consejería de Salud y Política Social, en su condición de titular de la misma, en virtud de las funciones atribuidas por los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 2.2.b) y 18 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), debidamente facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2013.

De otra parte, D.ª Cristina Herrera Santa Cecilia, que interviene en nombre y representación del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), en su calidad de Directora Gerente, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).

Y de otra, D./D.ª Salvador Álvarez Pérezque actúa en nombre y representación del Ayunta -miento de Calamonte con CIF P0602500A en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por Acuerdo del Pleno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 22/10/2013.

Reconociéndose las partes capacidad y legitimación suficiente para celebrar el presente convenio.

MANIFIESTAN

PRIMERO.

Que la Junta de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 apartado 27 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, dispone de competencia exclusiva en materia de acción social; correspondiendo al Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

Que el Ayuntamiento de Calamonte en virtud del artículo 25.2.k de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ejerce competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social.

SEGUNDO.

Que la Ley 5/1987, de 23 de abril, de Servicios Sociales, señala que corresponde a la Junta de Extremadura la planificación de los servicios sociales existentes en la Comunidad Autónoma, así como la coordinación con los adscritos a otras áreas o administraciones.

TERCERO.

Que la coordinación entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Calamonte para la prestación de los servicios de atención a personas mayores en situación de dependencia se debe regir por el principio de cooperación y colaboración, actuando bajo los criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos; según establece el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Que el presente convenio implica, en ejercicio de la competencia de ambas partes, la derivación de obligaciones y derechos para las mismas.

CUARTO.

La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 22.4,c) que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria previa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública; considerando supuestos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR