Resolución de 15 de febrero de 2018, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2018, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles. (2018060389)

Habiéndose firmado el día 26 de diciembre de 2017, el Convenio Interadministrativo entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.

Mérida, 15 de febrero de 2018.

La Secretaria General,

PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 11/09/2015, DOE n.º 180, de 17 de septiembre), M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COLABORACIÓN ENTRE

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES PARA LA EXTENSIÓN DEL ACCESO A LA BANDA ANCHA

ULTRARRÁPIDA DE LOS CENTROS DOCENTES ESPAÑOLES

C054/17-SP

En Madrid, a 26 de diciembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, D. Marcial Marín Hellín, Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, en virtud del Real Decreto 603/2015, de 3 de julio, por el que se dispone su nombramiento y actuando en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 62.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, D.ª María Esther Gutiérrez Morán, Consejera de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 21/2015, de 6 de julio (DOE n.º 129, de 7 de julio) por el que se dispone su nombramiento y en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, facultada para la firma del presente Protocolo según artículo único del Decreto del Presidente 33/2015, de 5 de agosto (DOE n.º 183 de 22 de septiembre).

De otra parte, D. José Manuel Leceta García, mayor de edad y con DNI 03085869-M, en nombre y representación de la Entidad Pública Empresarial Red.es, con domicilio en la Plaza de Manuel Gómez Moreno s/n, 28020, Madrid y C.I.F. Q-2891006-E, en su calidad de Director General, facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1. k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (en adelante "MECD"), la Comunidad Autónoma de Extremadura (en adelante "la Comunidad Autónoma"), y la Entidad Pública Empresarial Red.es, (en adelante, "Red.es") podrán ser denominadas, individualmente, "la Parte" y, de forma conjunta, "las Partes".

Todas las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio, y en su virtud,

EXPONEN

Primero. Que el Informe CORA (Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas), presentado en el Consejo de Ministros el 21 de junio de 2013, propone entre una de sus principales medidas en el ámbito de Informática y Administración Electrónica, la conexión de todos los centros docentes españoles a Internet mediante redes de calidad y altas capacidades para cumplir con los objetivos de conectividad establecidos por la Agenda Digital Europea y la Agenda Digital para España (ADpE), aprobada por acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 15 de febrero de 2013.

Segundo. Que el MECD es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa, de formación profesional y de universidades.

Asimismo, corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, la propuesta al Gobierno de la posición española en el ámbito internacional y de la Unión Europea en las materias propias del departamento y, de acuerdo con los apartados r), s), t) y u) del artículo 6 del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se atribuyen a la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, a través de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, el ejercicio de las siguientes funciones vinculadas al desarrollo de la Sociedad de la Información en la Educación:

  1. La elaboración y difusión de materiales curriculares y otros documentos de apoyo al profesorado, el diseño de modelos para la formación del personal docente y el diseño y la realización de programas específicos, en colaboración con las Comunidades Autónomas, destinados a la actualización científica y didáctica del profesorado.

  2. La elaboración y difusión de materiales en soporte digital y audiovisual de todas las áreas de conocimiento, con el fin de que las tecnologías de la información y la comunicación sean un instrumento ordinario de trabajo en el aula para el profesorado de las distintas etapas educativas.

  3. La realización de programas de formación específicos, en colaboración con las Comunidades Autónomas, en el ámbito de la aplicación en el aula de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

  4. El mantenimiento del Portal de recursos educativos del Departamento y la creación de redes sociales para facilitar el intercambio de experiencias y recursos entre el profesorado.

    Tercero. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla la incorporación generalizada de las Tecnologías de la Información y la Comunicación al sistema educativo, con el objetivo de que la escuela disponga de un modelo digital económicamente sostenible, que permita personalizar la educación y se convierta en una palanca del cambio metodológico que lleve a conseguir el objetivo de mejora de la calidad educativa.

    Cuarto. Que Red.es tiene entre sus funciones la de realizar actuaciones encaminadas a la promoción y al desarrollo de la Sociedad de la Información en todos los ámbitos de la actividad económica y social, incluida la gestión de los fondos comunitarios previstos para estos fines, en los Programas Operativos FEDER que le corresponden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero.

    Las actuaciones que Red.es realizará en ejecución del presente Convenio son cofinanciables mediante el Programa Operativo Crecimiento Inteligente del periodo de programación 2014-2020 de Fondos Europeos.

    Quinto. Que el MECD, a través del Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado, está desarrollando, a partir del curso 2012-2013, el "Plan de Cultura

    Digital en la Escuela". En el marco de dicho plan, y en ejecución de lo dispuesto en el artículo 111.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, introducido por el apartado sesenta y nueve del artículo único de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, está llevando a cabo, en colaboración con las Comunidades Autónomas, varios proyectos en los ámbitos de la conectividad de los centros docentes, la interoperabilidad de los sistemas de información, aplicaciones y servicios educativos, el desarrollo de los estándares relativos a las competencias digitales del profesorado, las plataformas digitales de contenidos educativos abiertos del procomún y el punto neutro de intercambio de contenidos educativos digitales de pago desarrollados por empresas para uso por los centros docentes.

    Sexto. La actividad de Red.es se enmarca en la Agenda Digital para España que, a su vez, establece las líneas de actuación prioritarias en el sector de las TIC como palancas de transformación hacia una economía más eficiente, innovadora, competitiva e internacionalizada. La Agenda contempla el desarrollo de los Servicios Públicos Digitales como instrumento para mejorar la calidad de los servicios prestados por las Administraciones Públicas en Red. Dentro de esta línea se enmarcan las actuaciones orientadas a extender el uso e implantación de las TIC en el ámbito educativo.

    La Agenda Digital para España establece la orientación que debe tener la aplicación de las TIC en el ámbito educativo, con objetivos tales como:

    - Uso intensivo de las infraestructuras TIC disponibles en los centros docentes, y consolidación de un modelo eficaz y sostenible de empleo de las mismas.

    - Puesta a disposición de contenidos educativos de calidad, bajo un modelo de explotación sostenible mediante la colaboración de la industria productora de contenidos digitales educativos.

    - Construcción de un entorno nacional de innovación educativa, que amplifique las sinergias de las actuaciones de todas las Comunidades Autónomas y que permita obtener economías de escala en la ejecución de los proyectos.

    En este marco, la Agenda Digital para España fija las siguientes líneas de actuación:

    - Definición de un modelo de aulas digitales eficiente y sostenible adaptado a las necesidades educativas y al perfil tecnológico de los docentes.

    - Dotación de acceso a las redes de banda ancha ultrarrápida en los centros docentes.

    -...

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