Orden de 30 de abril de 2010 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2010/2011.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Comercio e Innovación
Rango de LeyOrden

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO E INNOVACIÓN

ORDEN de 30 de abril de 2010 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2010/2011. (2010050156)

La Junta de Extremadura, en el ejercicio de las competencias en materia de enseñanzas universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma asumidas por Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, apuesta claramente por la diversificación, especialización y calidad del servicio que la Universidad de Extremadura ha de prestar a la sociedad extremeña. Estas competencias en materia universitaria corresponden en la actualidad a la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, y en el Decreto 59/2010, de 12 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación.

En cumplimiento de lo dispuesto por el Estatuto de Autonomía de Extremadura aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, en su artículo 7.1.19), y dentro de una política de promoción dirigida a que los jóvenes extremeños puedan acceder en condiciones de igualdad a la Universidad, se adoptan, entre otras, medidas que faciliten el alojamiento de los estudiantes universitarios en las ciudades extremeñas a las que se han de desplazar para cursar dichos estudios, proporcionándoles asimismo los medios necesarios para una adecuada formación y la posibilidad de disfrute de otras actividades recreativas, formativas y culturales complementarias a su actividad estudiantil.

Con este objetivo se han regulado las condiciones mínimas para la creación, reconocimiento y aprobación de Colegios Mayores y Residencias Universitarias en Extremadura mediante el Decreto 69/1997, de 20 de mayo, con la finalidad de que los ciudadanos que estudien en la Universidad de Extremadura tengan un conocimiento previo de las condiciones mínimas que deben cumplir dichos centros.

Mediante Orden de 2 de junio de 2009 se aprobó el Reglamento de Régimen Interno de las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura con el objeto de regular los servicios prestados por estas Residencias Universitarias, así como la convivencia interna de sus residentes.

Anualmente, la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria realiza la convocatoria de plazas para las Residencias Universitarias dependientes de la Junta de Extremadura del curso académico correspondiente.

En su virtud y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Directora General de Educación Superior y Liderazgo,

DISPONGO:

Artículo 1 Convocatoria.

Por la presente orden se convoca y regula la oferta de plazas para estudiantes universitarios en régimen de residentes internos durante el curso 2010/2011 en las siguientes Residencias Universitarias cuya titularidad corresponde a la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura:

  1. Residencia Universitaria "Juan XXIII", Ronda del Pilar, 18. 06002 Badajoz. Teléfonos: 924 012890. Fax: 924 012909.

  2. Residencia Universitaria "Diego Muñoz Torrero". Ronda de San Francisco, 2. 10002 Cáceres. Teléfonos: 927 006888 - 006889 - 006890. Fax: 927 006892.

  3. Residencia Universitaria "Mario Roso de Luna". Avda. de la Universidad, s/n. 10004 Cáceres. Teléfonos: 927 006898 - 006899 - 006900. Fax: 927 006902.

  4. Residencia del Complejo Educativo de Plasencia. Avda. Virgen del Puerto, 2. 10600 Plasencia. Teléfonos: 927 017003. Fax: 927 017002.

Artículo 2 Número de plazas.
  1. Para estudiantes universitarios, en régimen de residentes internos, de ambos sexos, se oferta el siguiente número de plazas:

    1. Residencia Universitaria "Juan XXIII", de Badajoz: 82 plazas en habitaciones individuales.

    2. Residencia Universitaria "Diego Muñoz Torrero", de Cáceres: 176 plazas en habitaciones dobles.

    3. Residencia Universitaria "Mario Roso de Luna", de Cáceres: 195 plazas en apartamentos de 13 personas (en habitaciones dobles).

    4. Residencia del Complejo Educativo de Plasencia: 76 plazas en habitaciones dobles, de las cuales hasta un máximo del 50% podrá adjudicarse por la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa de la Consejería de Educación para estudiantes de enseñanzas previas a la Universidad.

  2. A fin de desarrollar programas específicos de colaboración con la Universidad de Extremadura, la Dirección General de Educación Superior y Liderazgo podrá disponer de 3 plazas en la Residencia "Juan XXIII", 6 plazas en la Residencia "Diego Muñoz Torrero" y 10 plazas en la Residencia "Mario Roso de Luna", que no se encuentran incluidas en el total de las plazas ofertadas.

  3. En esta convocatoria se reservarán 2 plazas en cada una de las Residencias antes citadas para ser ocupadas por estudiantes deportistas extremeños, de Alto Nivel, Alto Rendimiento o que sean Promesas Olímpicas o Paralímpicas debidamente acreditadas estas condiciones por el órgano correspondiente, si lo solicitaran. Si estas plazas no se adjudicaran en el momento de resolución de la convocatoria...

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