DECRETO 86/2009, de 17 de abril, por el que se regula la concesión de plazas en la residencia estable de deportistas de la Ciudad Deportiva de Cáceres y primera convocatoria para el año 2009.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de los Jóvenes y del Deporte
Rango de LeyDecreto

El artículo 7.1.18 del Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye a la Junta de Extremadura la competencia exclusiva en la promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio.

La Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, recoge entre sus principios y disposiciones que corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ámbito de sus competencias, el promover el deporte de competición, de alto rendimiento y de alto nivel.

Con tal motivo, la Junta de Extremadura lleva a cabo actuaciones que propician las mejores condiciones de entrenamiento para aquellos deportistas extremeños que han demostrado un mayor rendimiento competitivo o cuyas características hacen previsible que puedan obtener logros deportivos a nivel nacional o internacional.

El Decreto 44/2002, de 16 de abril, por el que se reguló el deporte extremeño de alto rendimiento supuso el primer avance normativo significativo en esta materia, al establecer los criterios de acceso y condiciones para calificar a un deportista extremeño como de alto rendimiento. Entre otras medidas previó, en su artículo 11, que la residencia de deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva en Cáceres, reservará anualmente un porcentaje de plazas para deportistas de alto rendimiento.

La Ciudad Deportiva de Cáceres está catalogada por el Consejo Superior de Deportes como Centro de Tecnificación Deportiva, por Resolución de 29 de mayo de 1998 (BOE 138, de 10 de junio). Como tal, tiene como uno de sus objetivos impulsar a los deportistas a conseguir sus objetivos de alto nivel, mediante la puesta a disposición de los mismos de unas instalaciones adecuadas y gracias a la implicación de las diferentes administraciones y entidades, con especial participación de las federaciones deportivas.

Desde el año 2009, con la puesta en funcionamiento de la residencia estable de deportistas de la Ciudad Deportiva de Cáceres, la Junta de Extremadura tiene la posibilidad de ofertar a las federaciones deportivas extremeñas y a los deportistas extremeños más destacados las plazas de las que ésta dispone, con el objetivo de desarrollar programas de especialización y tecnificación deportiva. Con este objetivo, a través del presente Decreto se establecen los criterios de adjudicación de becas, en régimen de concurrencia competitiva, de plazas en dicha residencia, incluyéndose la primera convocatoria para el año 2009.

En su virtud, a propuesta del Consejero de los Jóvenes y del Deporte de la Junta de Extremadura, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 17 de abril de 2009,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión de plazas en la residencia estable de deportistas de la Ciudad Deportiva de Cáceres.

  2. A tal efecto, se establecen dos tipologías de plazas:

    1. Plazas para el desarrollo de programas de especialización deportiva: Irán destinadas a desarrollar programas de especialización deportiva de las federaciones deportivas extremeñas.

    2. Plazas para deportistas: Plazas para deportistas extremeños que deseen desarrollar su programa de entrenamiento teniendo como base el Centro de Tecnificación Deportiva Ciudad Deportiva de Cáceres.

  3. La plaza adjudicada da derecho a los siguientes servicios: Alojamiento y manutención, y uso de las instalaciones deportivas conforme al Reglamento de Régimen Interno.

Artículo 2 Convocatorias.

Se publicará una convocatoria anual de plazas, indicando:

  1. De las plazas para deportistas:

    1. El número de plazas de este tipo ofertadas.

  2. De las plazas para el desarrollo de programas de especialización deportiva:

    1. El número de plazas de este tipo ofertadas.

    2. La edad de los deportistas que podrán formar parte de los planes de especialización a desarrollar en la residencia y, por tanto, podrán ocupar las plazas concedidas a cada federación. A estos efectos, se determinará en cada convocatoria la edad para cada nivel deportivo y modalidad.

Artículo 3 Solicitantes.

Podrán solicitar las plazas los deportistas y las federaciones deportivas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Plazas para deportistas:

    1. Ser español nacido en Extremadura u ostentar la condición de extremeño en el sentido que regula el Estatuto de Autonomía con, al menos, un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria. Podrán concurrir aquellos deportistas que, nacidos en Extremadura, no cumplan este requisito por exigencias de su actividad deportiva o de estudio.

    2. Tener licencia deportiva expedida con carácter exclusivo por una federación deportiva extremeña, sin perjuicio de la que expida la correspondiente federación deportiva española en que se integre. Podrán concurrir aquellos deportistas que, nacidos en Extremadura, no cumplan este requisito por exigencias de su actividad deportiva o de estudio.

    3. Tener cumplidos, al menos, 13 años al finalizar el año al que corresponda la convocatoria.

    4. No estar sancionado en firme por infracciones muy graves de disciplina deportiva.

    5. No haber sido expulsado del centro con anterioridad.

  2. Plazas para el desarrollo de programas de especialización deportiva:

    1. Figurar inscritas como tales en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura.

    2. Haber resultado beneficiarias del subprograma de selección y perfeccionamiento de talentos deportivos, en la última resolución de las ayudas a federaciones deportivas anterior a la convocatoria de plazas.

    3. Desarrollar una modalidad deportiva de carácter individual.

Artículo 4 Solicitudes, plazos de presentación y documentación.
  1. Solicitudes.

    1. Impreso: Las solicitudes se formalizarán en los impresos normalizados que figuran como Anexos a este Decreto, a las que se adjuntará la documentación recogida en el artículo 5. Las solicitudes de plazas para deportistas se formalizarán en el Anexo II. Las solicitudes de plazas para el desarrollo de programas de especialización deportiva se formalizarán en el Anexo VII.

    2. Lugar: Las solicitudes y documentación que corresponda se presentarán, dirigidas al Excmo. Sr. Consejero de los Jóvenes y del Deporte de la Junta de Extremadura, en la sede de la Consejería de los Jóvenes y del Deporte (Avda. de las Américas, 4, C.P. 06800 Mérida), en la Dirección General de Deportes (C/ Juan Pablo Forner, 4, C.P. 06800 Mérida), en los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura, en las Oficinas de Respuesta Personalizada, así como en los Registros y Oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2. Aquellos solicitantes que deseen obtener información sobre el desarrollo del procedimiento a través de mensaje SMS, deberán indicar un único número de teléfono móvil en la casilla correspondiente de la solicitud.

  3. Plazo de presentación.

    El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

  4. Subsanación de errores.

    Se concederá un plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, para subsanar posibles defectos en la documentación presentada, así como la falta de documentación, con indicación de que, si así no se hiciera, se tendrá al solicitante por desistido de su petición, previa resolución que así lo declare.

Artículo 5 Documentación.

A las solicitudes se acompañará la siguiente documentación:

  1. Plazas para deportistas:

    1. Fotocopia compulsada del DNI del deportista y, en su caso, del responsable legal que formaliza el Anexo de solicitud.

    2. Certificado de empadronamiento en cualquier municipio de Extremadura.

    3. Certificado de la federación extremeña correspondiente en el que se recoja el historial

      deportivo, según modelo normalizado en la...

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