Decreto 209/2014, de 9 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para financiar actividades estratégicas de I+D+i a realizar en el ejercicio 2014.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 12

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN

DECRETO 209/2014, de 9 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para financiar actividades estratégicas de I+D+i a realizar en el ejercicio 2014. (2014040237)

La Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura (en adelante Ley 10/2010, de 16 de noviembre) regula la actuación de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación. Entre sus fines, se encuentra fomentar la investigación científica y técnica, el desarrollo tecnológico, la innovación y la generación de conocimiento en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en beneficio del interés general, así como contribuir a la optimización del uso de infraestructuras, equipamiento y servicios del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI).

Las competencias en materia de investigación e innovación corresponden a la Consejería de Economía, Competitividad e Innovación de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente 18/2014, de 19 de junio (DOE núm. 118, de 20 de junio), por el que se crea, extingue y modifica la denominación y se distribuyen competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Mediante el Decreto 137/2014, de 1 de julio (DOE núm. 127, de 3 de julio), la Consejería de Economía, Competitividad e Innovación, a través de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, tiene conferida la planificación, dirección y coordinación de las políticas de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de Extremadura.

La política regional para el fomento de la I+D+i se ha desarrollado en sucesivos Planes Regionales. En 2014 entra en vigor el V Plan Regional de I+D+i (2014-2017) y es el primero que surge bajo el marco de referencia de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, y constituye un instrumento de planificación, gestión y ejecución de la Junta de Extremadura en esta materia. Dicho Plan incluye en su estructura el Programa Regional de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, cuyo objeto es proporcionar a los investigadores del SECTI los medios suficientes para la generación de nuevos conocimientos científicos y tecnológicos, potenciando la proyección de Extremadura en el ámbito nacional e internacional. En este Programa Regional se incluyen medidas para el fortalecimiento y dinamización de los centros de I+D+i, que potencien la competitividad de los mismos y los convierta en centros de referencia.

En el desarrollo de estas medidas, la Junta de Extremadura dotará a la Universidad de Extremadura de financiación para la suscripción y/o adquisición de revistas científicas incluido el software para su gestión, instrumentos necesarios para el desarrollo de la actividad científica de los investigadores, así como para el mantenimiento de los medios humanos imprescindibles para la prestación de servicios por el Servicio de Apoyo a la Investigación y al Desarrollo Empresarial de la Universidad de Extremadura (SAIUEX). Ambas actuaciones fortalecerán la actividad investigadora de este agente del SECTI.

El Programa Operativo FEDER EXTREMADURA (2007-2013) contempla entre sus prioridades de inversión en el Eje 1 "Desarrollo de la Economía del Conocimiento (I+D+i, Sociedad de la información y TIC)", con el fin de elevar los niveles de competitividad regional y lograr que el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología, Economía y Sociedad sea el motor del progreso y del desarrollo socioeconómico de la región. Dentro de este Eje 1, el Tema Prioritario 01 "Actividades de I+DT en los Centros de Investigación" pretende la optimizar la cooperación entre todos los agentes Universidad, Centros Públicos de Investigación, Institutos Tecnológicos y Centros Sectoriales Avanzados, para conseguir efectos sinérgicos en sus actuaciones individuales y rentabilizar al máximo los recursos disponibles. Con la actuación que se pretende financiar en este decreto se atiende a estos objetivos marcados de este Programa Operativo.

El párrafo c) del apartado cuarto del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en adelante, Ley 6/2011, de 23 de marzo), establece la posibilidad de conceder, de forma directa y con carácter excepcional, entre otras, aquellas subvenciones en las que concurran razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

En concordancia con lo expuesto, el párrafo d) del apartado primero del artículo 32 de la misma norma, permite otros supuestos excepcionales de concesión directa, que reuniendo los requisitos del artículo 22.4.c, sean acordados de forma singular mediante decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería correspondiente y previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Economía, Competitividad e Innovación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión del día 9 de septiembre de 2014,

D I S P O N G O

Artículo 1 Objeto.
  1. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura, para financiar algunas de las actividades estratégicas de I+D+i que desarrolla, y en concreto la suscripción y/o adquisición de bibliografía científica mediante el acceso a bases de datos y publicaciones internacionales científicas incluido el software para su gestión, así como el mantenimiento de los medios humanos necesarios para el desarrollo del Servicio de Apoyo a la Investigación y al Desarrollo Empresarial de la Universidad de Extremadura (SAIUEX).

  2. Esta subvención tiene carácter singular, agotándose la concesión con la ejecución del presente decreto, sin que del mismo se generen otros derechos para la entidad interesada.

Artículo 2 Entidad beneficiaria.

La entidad beneficiaria de la subvención establecida en el presente decreto es la Universidad de Extremadura, en adelante UEx.

Para acceder a la subvención, la UEx no podrá estar incursa en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. La...

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