DECRETO 29/2005, de 9 de febrero, por el que se modifica el Decreto 101/2004, de 28 de junio, por el que se regula la Junta Rectora de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 29/2005, de 9 de febrero, por el que se modifica el Decreto 101/2004, de 28 de junio, por el que se regula la Junta Rectora de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos.

La aprobación del Decreto 101/2004, por el que se regula laJunta Rectora de la Reserva Natural de la Garganta de los Infiernos ha articulado, entre otros aspectos, el proceso de designación de los vocales que han de representar a cada uno de los colectivos integrantes de la misma, así como la vigencia y prórroga de su mandato.

A1 establecer el procedimiento de elección de los representantes de colectivos ajenos a la Administración se intentó facilitar el acceso a la Junta Rectora de todos ellos, estableciéndose en el caso de que existan varias organizaciones o asociaciones el sistema de sorteo para su cobertura, excluyendo a las que hubieran obtenido representación en períodos sucesivos.

Dicho sistema, que se adoptó con el fin de universalizar la participación, plantea el problema de no asegurar la representación real en la Junta Rectora de aquellas organizaciones o asociaciones que realmente deban ser consideradas como más representativas por agrupar al mayor número de miembros de los colectivos afectados en cada territorio.

Es por esto que se ha de proceder a modificar el texto del Decreto 101/2004, de 28 de junio de 2004, estableciendo que la

designación de sus representantes, en caso de que existieran varias solicitudes para ostentar la representación de algún colectivo de los integrantes de la Junta Rectora, corresponda a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, a propuesta de la Dirección General de Medio Ambiente, de entre los representantes propuestos, de forma motivada y atendiendo a la mayor representatividad de las mismas en el territorio correspondiente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, de acuerdo con el Consejo Consultivo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión del día 9 de febrero de 2005, D I S P O N G O

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