Orden de 9 de julio de 2010 por la que se realiza la convocatoria, para el ejercicio 2010, de subvenciones para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años).

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN de 9 de julio de 2010 por la que se realiza la convocatoria, para el ejercicio 2010, de subvenciones para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años). (2010050236)

La disposición final primera del Decreto 22/2008, de 22 de febrero, por que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años), autoriza al titular de la Consejería de Igualdad y Empleo la convocatoria, mediante órdenes, en sus correspondientes ediciones.

La Ley 8/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2010, contempla partidas presupuestarias destinadas a financiar las subvenciones que a estos efectos pueda convocar la Consejería de Igualdad y Empleo destinadas a entidades sin ánimo de lucro y empresas.

El día 12 de mayo de 2010, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo del Consejo de Ministros, por el que se aprueban los criterios de distribución del crédito, así como la distribución resultante, para la aplicación en el año 2010 del Plan de Extensión e Impulso del Primer Ciclo de Educación Infantil Educa3, aprobado por la Conferencia Sectorial de Educación, asignando a Extremadura la cantidad de 2.433.680 €, una vez generado el correspondiente crédito presupuestario de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.2.a) de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, existen partidas presupuestarias destinadas a financiar las subvenciones que a estos efectos pueda convocar la Consejería de Igualdad y Empleo, destinadas a las entidades públicas locales.

Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son conferidas de conformidad con el artículo 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. El objeto de la presente orden es realizar la convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años), con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2010.

  2. La finalidad de la subvención consistirá en sufragar parcialmente los gastos de:

    - Creación de nuevos centros. - Ampliación de espacios en centros ya existentes para ampliar el número de plazas. - Adecuación de espacios. - Equipamiento de bienes inventariables.

  3. La convocatoria se regulará por las normas establecidas en el Decreto 22/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la creación, ampliación, adecuación, y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años).

Artículo 2 Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 3 Solicitud y documentación.
  1. Las solicitudes se presentarán, según el supuesto de que se trate, en la forma y acompañadas de la documentación siguiente:

    ENTIDADES PÚBLICAS:

    1. Para la construcción de nuevos centros, la ampliación de espacios en centros ya existentes para ampliar el número de plazas y/o la adecuación de espacios:

      A.1. Solicitud conforme al modelo oficial, Anexos I y II de la presente orden, suscrita por el representante legal de la Entidad.

      A.2. Proyecto de obra (o memoria valorada vinculante) de las obras a realizar en su caso, firmado por el técnico competente, con sujeción a las condiciones mínimas establecidas en la normativa vigente en materia de Educación Infantil. Incluirá presupuesto pormenorizado de las obras a realizar con identificación del solar o del inmueble donde se pretende actuar y de las deficiencias que se pretenden corregir, en su caso.

      A.3. Declaración responsable de que la entidad solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Anexo III de la presente orden.

    2. Para el equipamiento inventariable.

      B.1. Solicitud conforme al modelo oficial, Anexos I y II de la presente orden, suscrito por el representante legal de la Entidad.

      B.2. Relación del equipamiento, tanto mobiliario o de instalaciones complementarias que se pretende adquirir, con indicación del centro a que será destinado y el presupuesto detallado de la misma.

      B.3. Declaración responsable de que la entidad solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Anexo III de la presente orden.

      B.4. Plano de distribución a escala del centro, indicando superficie y actividad de cada dependencia, si la entidad solicita subvención por primera vez.

      ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO:

    3. Para la construcción de nuevos centros, la ampliación de espacios en centros ya existentes para ampliar el número de plazas y/o la adecuación de espacios:

      A.1. Solicitud conforme al modelo oficial, Anexos I y II de la presente orden, suscrita por el representante legal de la Entidad.

      A.2. Proyecto de obra (o memoria valorada vinculante) de las obras a realizar en su caso, firmado por el técnico competente, con sujeción a las condiciones mínimas establecidas en la normativa vigente en materia de Educación Infantil. Incluirá presupuesto pormenorizado de las obras a realizar con identificación del solar o del inmueble donde se pretende actuar y de las deficiencias que se pretenden corregir, en su caso.

      A.3. Declaración responsable de que la entidad solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Anexo III de la presente orden.

      A.4. Fotocopia compulsada de los Estatutos Sociales y/o documento en el que acredite que es entidad sin ánimo de lucro, así como documentación que acredite conforme a derecho la representación que ostenta el mandatario, si la entidad solicita la subvención por primera vez. Las Entidades que hayan concurrido a anteriores convocatorias y hayan aportado dicha documentación, deberán presentar declaración responsable de que no se ha producido circunstancia alguna que suponga modificación del contenido de dichos documentos, conforme al modelo del Anexo VII de la presente orden.

    4. Para el equipamiento inventariable:

      B.1. Solicitud conforme al modelo oficial, Anexos I y II de la presente orden, suscrito por el representante legal de la Entidad.

      B.2. Relación del equipamiento, tanto mobiliario o de instalaciones complementarias que se pretende adquirir, con indicación del centro a que será destinado y el presupuesto detallado de la misma.

      B.3. Declaración responsable de que la entidad solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Anexo III de la presente orden.

      B.4. Fotocopia compulsada de los Estatutos Sociales y/o documento en el que acredite que es entidad sin ánimo de lucro, así como documentación que acredite conforme a derecho la representación que ostenta el mandatario, si la entidad solicita la subvención por primera vez. Las Entidades que hayan concurrido a anteriores convocatorias y hayan aportado dicha documentación, deberán presentar declaración responsable de que no se ha producido circunstancia alguna que suponga modificación del contenido de dichos documentos, conforme al modelo del Anexo VII de la presente orden.

      B.5. Plano de distribución a escala del centro, indicando superficie y actividad de cada dependencia, si la entidad solicita subvención por primera vez.

      EMPRESAS:

    5. Para la construcción de nuevos centros, la ampliación de espacios en centros ya existentes para ampliar el número de plazas y/o la adecuación de espacios:

      A.1. Solicitud conforme al modelo oficial, Anexos I y II de la...

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