DECRETO del Presidente 2/2002, de 24 de mayo, por el que se regula la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de cursos de portugués en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el periodo 2002-2003.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

DECRETO del Presidente 2/2002, de 24 de mayo, por el que se regula la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de cursos de portugués en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el periodo 2002-2003.

En cumplimiento del artículo 6.2.h) del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, referente a las especiales relaciones que los poderes públicos de la región han de mantener con Portugal, la Junta de Extremadura firmó el 17 de enero de 1992 y el 27 de mayo de 1994 sendos Protocolos de Cooperación con las Comisiones de Coordinación de las Regiones de Alentejo y de Centro, respectivamente, con el objeto de promover la cooperación transfronteriza con Portugal, y especialmente con estas dos regiones portuguesas, en todos los ámbitos de interés común, con la participación de todos los agentes económicos y sociales.

Esta convocatoria de ayudas, al igual que las anteriores, será cofinanciada con fondos procedentes del 'Programa Operativo de desarrollo y cooperación en las regiones fronterizas de España y Portugal', correspondiente a la iniciativa comunitaria INTERREG lII.

El art. 7.1.16) del Estatuto de Autonomía de Extremadura, atribuye competencia exclusiva a nuestra Comunidad Autónoma en materia de fomento de la investigación científica y técnica, en orden a los intereses de la Región, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.15 de la Constitución.

En desarrollo de este precepto se aprueba por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión del 23 de enero de 2001, el II Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Extremadura (II PRI+DT+I, 2001-2004).

El II PRI+DT+I de Extremadura recoge las bases de actuación en política científica y tecnológica de la región, con el fin primordial de desarrollar y explotar sus potencialidades, buscando favorecer el crecimiento económico, el empleo y el fomento de la innovación, a través de la adecuada coordinación y cooperación entre los diversos agentes ejecutores del Sistema de Ciencia,

Tecnología, Economía y Sociedad de Extremadura.

Dentro de esta política de actuación se encuentra el desarrollo de acciones estratégicas destinadas a la promoción general del

Notificaciones.-- Anuncio de 17 de mayo de 2002, sobre notificación de Resolución de archivo correspondiente al expediente EF-17359, de la empresa 'Carrera Villena, Francisco' .............................................................

Notificaciones.-- Anuncio de 17 de mayo de 2002, sobre notificación de Resolución de archivo correspondiente al expediente EF-17304, de la empresa 'Moncarche, S.A.' ...................................................................

Notificaciones.-- Anuncio de 17 de mayo de 2002, sobre notificación de Resolución de archivo correspondiente al expediente EF-10048, de la empresa 'Sameco, S.L.' ..........

Notificaciones.-- Anuncio de 17 de mayo de 2002, sobre notificación de Resolución de archivo correspondiente al expediente EF-17200, de la empresa 'Saavedra Pérez, Juan José' ............................................................

Notificaciones.-- Anuncio de 17 de mayo de 2002, sobre notificación de Resolución de archivo correspondiente al expediente EF-17338, de la empresa 'Santos Sánchez, Francisco José' ........................................................

Ayuntamiento de Badajoz

Urbanismo.-- Anuncio de 17 de mayo de 2002, sobre Estudio de Detalle de la parcela A.2 del Plan Parcial AB. Terrenos universitarios .......................................

6777

6777

6778

6779

6779

6780

conocimiento, donde puede encuadrarse el acercamiento a las realidades de la nación vecina que permitan un desarrollo vertebrado y común de la innovación como factor decisivo en la competitividad, sobre todo a través de la enseñanza de la lengua portuguesa, vehículo indispensable para todo tipo de relación.

El presente Decreto del Presidente mantiene, al igual que el año anterior, los posibles beneficiarios de estas ayudas, es decir: personas físicas, fundaciones privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro; así como Ayuntamientos y entidades locales menores, por constituir estos últimos las entidades públicas más próximas a los ciudadanos que persiguen el cumplimiento de fines de interés general.

Los cursos objeto de la presente convocatoria siguen siendo tanto de iniciación como de perfeccionamiento de la lengua portuguesa, sin que se dé prioridad a unos sobre otros, a la hora de valorar los proyectos. La duración de los cursos es la misma que en la convocatoria anterior.

Asimismo, se pretende, al igual que el año pasado, potenciar los cursos destinados a determinados grupos de población, frente al público en general, ante la conveniencia de que determinados sectores como las fuerzas de seguridad, los comerciantes, el personal sanitario o de hostelería y de otros colectivos puedan tener acceso a unos conocimientos básicos de la lengua portuguesa que les puedan ser de utilidad en su trabajo.

Los excelentes resultados obtenidos en años anteriores con los cursos de portugués y la gran demanda que suscitan en la sociedad extremeña justifican en gran medida continuar con la financiación de este tipo de actividades.

No obstante, la presente convocatoria incorpora algunas novedades, como la exigencia de colocar a la entrada del aula o centro de impartición del curso y en lugar visible, un cartel informativo o placa que recoja la imagen corporativa del Gabinete de Iniciativas Transfronterizas y de la Unión Europea conforme a las exigencias de la normativa comunitaria aplicable.

Otra novedad importante es el establecimiento de una regulación más exhaustiva en el supuesto de que se solicite el cambio de profesor con la finalidad de garantizar la calidad de la enseñanza.

Por todo ello, para dar cumplimiento efectivo al contenido de los Protocolos de Cooperación citados con anterioridad, así como a lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en aras de una efectiva cooperación con Portugal, y de conformidad con el artículo 90.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

D I S P O N G O

Artículo 1º Objeto de la convocatoria

El objeto del presente Decreto del Presidente es la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la impartición de cursos de lengua portuguesa en la Comunidad Autónoma de Extremadura, tanto de iniciación como de perfeccionamiento, haciendo especial hincapié en determinados sectores de población.

Artículo 2º Beneficiarios

Sólo podrán concurrir a la presente convocatoria entidades locales menores y ayuntamientos extremeños, personas físicas, fundaciones privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan, en el momento de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

2.1. Personas físicas:

  1. Estar en pleno uso y disfrute de sus derechos civiles.

  2. Desarrollar su actividad preferentemente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    2.2. Fundaciones privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro:

  3. Estar legalmente constituidas.

  4. Desarrollar sus actividades preferentemente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  5. Disponer de la estructura y organización suficiente para llevar a cabo la realización del curso solicitado.

    2.3. Ayuntamientos y entidades locales menores:

    Disponer de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR