DECRETO 23/1996, de 19 de febrero, por el que se establece la posibilidad de ampliar el plazo de ejecución de trabajos en el programa de forestación de tierras.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 23/1996, de 19 de febrero, por el que se establece la posibilidad de ampliar el plazo de ejecución de trabajos en el programa de forestación de tierras.

El Decreto 95/1993, de 20 de julio, desarrolla en la Comunidad Autónoma de Extremadura el régimen comunitario de ayudas a la forestación de terrenos agrícolas.

El artículo 15 de dicho Decreto establece como plazo máximo para ejecutar los trabajos aprobados, el 31 de diciembre del año siguiente al de la tramitación del expediente, indicando expresamente que el beneficiario perderá las ayudas concedidas en caso de incumplir dicho plazo.

La experiencia acumulada en los dos años de desarrollo del programa, han puesto de manifiesto que circunstancias adversas como la sequía o un régimen de lluvias excepcionalmente elevado en otoño-invierno, época idónea para efectuar las plantaciones o siembras, pueden dar lugar a que los beneficiarios de las ayudas no cumplan el plazo establecido por condicionantes totalmente ajenos a su voluntad.

Conviene pues resolver la situación descrita en aras al adecuado desarrollo del programa de forestación de tierras agrarias en la Comunidad Autónoma, por lo que, previo acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de febrero de 1996,

D I S P O N G O

ARTICULO 1 º - La limitación del plazo de forestación a que hace referencia el penúltimo párrafo del artículo 15 del Decreto 95/1993, de 20 de julio, podrá prorrogarse si se producen circunstancias climatológicas adversas o extraordinarias que impidiesen de...

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