DECRETO 50/2004, de 20 de abril, por el que se regula la concesión de subvenciones y se establece la convocatoria de la Administración Autonómica de Extremadura a la suscripción de pólizas del seguro agrario que da cobertura a los daños ocasionados por el virus de la cuchara (TYLCV) en cultivos de tomate.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 50/2004, de 20 de abril, por el que se regula la concesión de subvenciones y se establece la convocatoria de la Administración Autonómica de Extremadura a la suscripción de pólizas del seguro agrario que da cobertura a los daños ocasionados por el virus de la cuchara (TYLCV) en cultivos de tomate.

El desarrollo de la agricultura y la ganadería en Extremadura constituye un elemento esencial para garantizar su seguridad alimentaria, a la vez que una buena oportunidad para el mantenimiento de la vitalidad del medio rural, resultando necesario potenciar la utilización, por parte de las explotaciones agrarias, de los instrumentos de gestión de riesgos para la protección de la renta.

Las explotaciones agrarias, por sus propias condiciones productivas, se muestran frágiles ante las consecuencias que se derivan del acaecimiento de los riesgos naturales, tanto climáticos como fitosanitarios y zoosanitarios, que pueden llegar a poner en cuestión la propia permanencia de la explotación en el ciclo productivo.

En el año 2003 se detecta en Extremadura la presencia de un foco de Tomato Yellow Leaf Carl Virus (TYLCV) en cultivos de tomate, conocido como virus de la cuchara. Este virus es transmitido por el insecto Bemisia tabaci (Gennadius), comúnmente conocido como 'mosca blanca del tabaco'.

Dada la gran importancia económica y social del cultivo del tomate, con niveles de especialización y tecnificación consolidados, con sistemas de producción eficientes, conseguidos, enbuena parte, por la dilatada tradición en el cultivo, unido a la industrialización del producto, le sitúan en la primera posición nacional en cuanto a producción y transformación, dejando en la región un gran valor añadido.

En base a lo anterior, la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente publica la Orden de 8 de enero de 2004, por la que se establecen las medidas de control obligatorias así como recomendadas en la lucha contra el Tomato Yellow Leaf Carl Virus (TYLCV) en cultivos del tomate.

En la Ley 5/1992, de 26 de noviembre, sobre Ordenación de las Producciones Agrarias en Extremadura se contempla la necesidad de potenciar las políticas de gestión de riesgos y de ordenación de las producciones agrarias, y se prevé el establecimiento de ayudas a la contratación de seguros agrarios, por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por considerarse éstas como un instrumento básico para la consecución de los fines pretendidos en la citada Ley.

Por otra parte, mediante Convenio de colaboración que habrá de formalizarse entre la Junta de Extremadura y las Entidades Aseguradoras, se regula la liquidación y pago a estas entidades de la parte de la prima que en concepto de subvención corresponda aportar a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Por todo lo expuesto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.1.6. del Estatuto de Autonomía y de la competencia reconocida en el Real Decreto 3539/1981, de 29 de diciembre, por el que se transfieren a la Junta de Extremadura competencias en materia de agricultura y ganadería, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, y previo acuerdo del Consejo...

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