DECRETO 95/2002, de 8 de julio, de modificación del Decreto 61/2001, de 17 de abril, por el que se establece el Plan Regional de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre Formación, Perfeccionamiento y Cualificación Profesional de trabajadores y desempleados y el Decreto 31/2001, de 20 de febrero, que regula la concesión de ayudas para la...

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 95/2002, de 8 de julio, de modificación del Decreto 61/2001, de 17 de abril, por el que se establece el Plan Regional de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre Formación, Perfeccionamiento y Cualificación Profesional de trabajadores y desempleados y el Decreto 31/2001, de 20 de febrero, que regula la concesión de ayudas para la realización de acciones de Formación Profesional Ocupacional con compromiso de creación de empleo.

El Decreto 61/2001, de 17 de abril 2001, (DOE nº 49 de 28 de abril de 2001), regula el Plan Regional de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre Formación, Perfeccionamiento y Cualificación Profesional de trabajadores y desempleados, que abarca principalmente las acciones comprendidas en el Programa Operativo 2000-2006 del Fondo Social Europeo para Extremadura, entre las que se encuentran las recogidas en el Decreto 31/2001, de 20 de febrero, y las de1 Plan de Formación e Inserción Profesional en Ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Posteriormente, la Ley 7/2001, de 14 de junio, (DOE nº 76 de 3 de julio de 2001), de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo lo contempla como un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería de Trabajo, al que se le encomienda el ejercicio de las competencias de administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo.

El Real Decreto 664/2001, de 22 de junio, (DOE nº 77 de 5 de julio de 2001), sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Extremadura de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del Trabajo, el empleo y la formación, dispone en su Anexo, apartado B).3, que 1a Comunidad Autónoma asume la titularidad del Centro de Formación Profesional Ocupacional, situado en Don Benito (Badajoz).

Las funciones traspasadas en virtud del referido Real Decreto son asignadas a la Consejería de Trabajo por Decreto del Presidente 2/2001, de 6 de julio, (DOE nº 78 de 7 de julio de 2001), y por el Decreto 123/2001, de 25 de julio, (DOE nº 87 de 28 de julio de 2001), que aprueba los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, establece entre sus funciones la gestión y coordinación de la formación ocupacional y continua y la gestión de las

funciones y servicios traspasados por el Real Decreto 664/200l, de 22 de junio.

Por otra parte, la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 466/2002, de 11 de febrero, (BOE nº 56 de 6 de marzo de 2002), ha modificado la Orden de 13 de abril de 1994, por la que se desarrolla el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo regulador del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, en lo relativo a la actualización de las cuantías económicas de las subvenciones y ayudas recogidas en la misma.

A la vista de todo lo anterior, la Consejería de Trabajo ha planteado la conveniencia de modificar el Decreto 61/2001, de 17 de abril, al objeto de adaptarlo a las funciones encomendadas al Servicio Extremeño Público de Empleo y a su estructura orgánica, y por otra parte, actualizar las cuantías de las becas y ayudas a los alumnos, así como las compensaciones a las empresas por las practicas no laborales, que experimentan un incremento aproximado del 20 por 100, y a su vez, modificar los importes de las ayudas y becas a los alumnos establecidos en el Decreto 31/2001, de 20 de febrero, para la realización de acciones de Formación Profesional Ocupacional con compromiso de creación de empleo.

En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 de...

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