DECRETO 68/2006, de 4 de abril, por el que se regula el derecho a la obtención gratuita de productos farmacéuticos de uso pediátrico para las familias numerosas, personas discapacitadas extremeñas y enfermos pediátricos crónicos.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO DECRETO 68/2006, de 4 de abril, por el que se regula el derecho a la obtención gratuita de productos farmacéuticos de uso pediátrico para las familias numerosas ,personas discapacitadas extremeñas y enfermos pediátricos crónicos.

La Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura ordena y regula el Sistema Sanitario Público de Extremadura en el que se integra y articula funcionalmente el conjunto de actividades y prestaciones que, conforme al Plan de Salud de Extremadura, tiene por objeto la promoción y protección de la salud, la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria, la rehabilitación funcional y la reincorporación social.

Entre los principios rectores que la mencionada Ley contempla se encuentra el de la universalización de la atención sanitaria que conlleva la garantía de la igualdad efectiva de todos los ciudadanos en las condiciones de acceso a los servicios y actuaciones sanitarias. Igualmente inspira nuestra ley los principios de mejora continua en la calidad de los servicios y prestaciones y la superación de las desigualdades sociosanitarias.

En este sentido, con la presente norma, se pretende dar una paso más en el desarrollo de la Ley de Salud de Extremadura regulando el derecho a la obtención gratuita de medicamentos de uso pediátricos, cuyos titulares serán los menores de quince años que formen parte de familias numerosas extremeñas, así como los menores de dicha edad que sufran una discapacidad importante, siendo absolutamente consciente la Junta de Extremadura de ser éstos colectivos sociales merecedores de una especial protección y consideración.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de Sanidad y Consumo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en sesión celebrada de fecha 4 de abril de 2006,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Objeto.

El objeto de la presente norma es regular el derecho a la obtención gratuita de productos farmacéuticos para uso pediátrico siempre que sean financiables por el Sistema Sanitario Público, se encuentren incluidos en la oferta oficial del Ministerio de Sanidad y Consumo y sean prescritos por...

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