Orden de 30 de octubre de 2015 por la que se modifica la Orden de 14 de agosto de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar prácticas profesionales no laborales en empresas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2015.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN de 30 de octubre de 2015 por la que se modifica la Orden de 14 de agosto de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar prácticas profesionales no laborales en empresas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2015. (2015050228)

El Decreto 55/2015, de 7 de abril (DOE núm. 69, de 13 de abril) establece las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a financiar las prácticas no laborales en empresas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El procedimiento de concesión de las subvenciones que se establece en el artículo 11 de este decreto, es el de concesión directa con convocatoria abierta.

Mediante Orden de la Consejera de Educación y Empleo de fecha 14 de agosto de 2015, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 167 del día 28 de agosto, se aprobó la convocatoria para el ejercicio de 2015, de las subvenciones reguladas en el Decreto 55/2015, de 7 de abril (DOE núm. 69, de 13 de abril) que establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para financiar las prácticas no labores en empresas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El artículo 4.1 de la citada orden por la que se convocan las subvenciones para el ejercicio de 2015 establece que, "el plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes, será hasta el 1 de diciembre de 2015 a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente orden". Sin embargo el devenir de la línea de subvenciones durante estos meses, ha puesto de manifiesto razones que justifican la idoneidad de ampliar, respetando el plazo máximo previsto en el artículo 29.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, su plazo de vigencia hasta el día 28 de diciembre de 2015.

El objeto de estas subvenciones es la financiación mediante dos programa diferentes de las prácticas no laborales:

Programa I: Subvenciones destinadas a financiar las prácticas no laborales de jóvenes universitarios realizadas en despachos profesionales cuyos titulares hayan...

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