Orden de 21 de abril de 2017 por la que se aprueba el deslinde del monte n.º 66 'Sierra de los Olivos' del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura y situado en el término municipal de Los Santos de Maimona, provincia de Badajoz.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejerÍA de Medio Ambiente y Rural, PolÍTicas Agrarias y Territorio
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO

ORDEN de 21 de abril de 2017 por la que se aprueba el deslinde del monte n.º 66 "Sierra de los Olivos" del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura y situado en el término municipal de Los Santos de Maimona, provincia de Badajoz.

(2017050188)

La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio ha llevado a cabo el procedimiento de deslinde del monte n.º 66 denominado "Sierra de los Olivos", propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sito en el término municipal de Los Santos de Maimona, provincia de Badajoz.

Examinado el procedimiento de deslinde, instruido y tramitado por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Ambiente, se procede con arreglo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO:

Primero. El expediente de deslinde del monte público n.º 66 surge ante la necesidad de delimitar el límite del monte tal y como dicta el apartado número 3 del artículo 81 del vigente Reglamento de Montes, donde se confiere preferencia para deslindar "A los montes en que existan parcelas enclavadas o colinden con otros de propiedad particular y, especialmente, cuando los linderos figuren en el Catálogo de forma confusa o equívoca".

Segundo. Con fecha 4 de noviembre de 2015 se acuerda por la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, D.ª. Begoña García Bernal, la práctica del deslinde del Monte de Utilidad Pública n.º 66, designando al Ingeniero Operador e indicando que el deslinde se ejecutaría en primera fase.

Tercero. El acuerdo de inicio de comienzo de operaciones se publicó en el Diario Oficial de Extremadura núm. 228 de 26 de noviembre de 2015, en el Boletín Oficial del Estado núm. 297 de 12 de diciembre de 2015 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Notificándose, asimismo, a todos los interesados.

Cuarto. En dicho anuncio se establecía que las operaciones materiales de deslinde darían comienzo el día 17 de febrero de 2016, con las demás prevenciones previstas en la normativa de aplicación.

Quinto. Con fecha 11 de noviembre de 2015 se comunicó al Registro de la Propiedad de Zafra el inicio del deslinde del monte "Sierra de los Olivos" de Los Santos de Maimona para que realizara la nota marginal del acuerdo al margen de la inscripción de dominio de la finca correspondiente al monte.

Sexto. El día 17 de febrero de 2016 se dio comienzo a las tareas de apeo del monte, extendiéndose las mismas un total de 1 jornada.

Séptimo. Con fecha 25 de febrero de 2016 se redacta el Informe del Ingeniero Operador. En él se reseñan los trámites llevados a cabo en el expediente administrativo del deslinde, el desarrollo de los trabajos de apeo con la descripción del perímetro exterior e interior del monte, y las razones y decisiones adoptadas en todo lo actuado hasta el momento. También se incluyen las coordenadas de las estaquillas en el sistema de coordenadas U.T.M. y en el Datum ETRS 89 huso 29.

Asimismo se especifica que en la jornada de apeo se realizó el recorrido de todo el perímetro exterior del monte, a excepción de una línea o conjunto de piquetes que cierran el perímetro de los dos lotes que constituyen el monte, para establecerlos en un posterior apeo dentro de la segunda fase del procedimiento. Se toma esta decisión como consecuencia de la aparición, durante los trabajos previos a este acto de apeo, de indicios de la existencia de otra parcela catastral que pudiera formar parte del monte así como documentación que avalara este hecho. Se trata de la parcela 40 del polígono 21 de Los Santos de Maimona, que inicialmente no se había considerado y ello ha derivado en la falta de información del inicio del presente procedimiento a quienes colindan con dicha parcela catastral.

Octavo. En el Diario Oficial de Extremadura núm. 50 de fecha 14 de marzo de 2016 se publica el Anuncio, remitido por el Director General de Medio Ambiente, D. Pedro Muñoz Barco, que somete a información pública el expediente de deslinde.

La apertura de este periodo de vista se notifica, junto con una copia del anuncio, igualmente a los Ayuntamientos implicados y a los particulares afectados. En el plazo establecido al efecto no se presentaron alegaciones.

Noveno. Con fecha 30 de mayo de 2016, el Jefe de Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite un Informe-Propuesta de pasar a segunda fase el procedimiento administrativo de deslinde como consecuencia de los indicios acaecidos en el expediente, considerando como definitivas las líneas apeadas no protestadas.

En el Diario Oficial de Extremadura n.º 142 de 25 de julio de 2016 se publica Anuncio de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, por el que da paso a la segunda fase del procedimiento, abriéndose el plazo para que los posibles interesados presenten la documentación acreditativa de los derechos que pudieran corresponderles y emplazándoles a las 09:30 horas del 15 de noviembre de 2016 en la entrada sur al camino asfaltado que atraviesa la Sierra de San Cristóbal, que es el cruce del camino público de los Santos de Maimona a Zafra -03E03040416A.cor- con el camino público de los Santos de Maimona a Puebla de Sancho Pérez -03E03040414B.cor- para comenzar las operaciones de apeo de las líneas que quedaron abiertas en la primera fase del procedimiento.

Décimo. El 14 de octubre de 2016 se emite por parte del Jefe de Servicio de Ordenación y Gestión Forestal documento que certifica que no se ha recibido, por parte de los

posibles interesados, de documentación alguna que demuestre propiedad o posesión sobre el monte o parte de él.

Undécimo. El 15 de noviembre de 2016 se procede a recorrer las líneas que se dejaron abiertas en la primera fase del procedimiento.

El apeo del monte, en esta segunda fase, se desarrolló en una jornada.

Duodécimo. En el DOE número 18 de 26 de enero de 2017, se publica el trámite de audiencia y vista de la segunda fase del expediente que nos ocupa para que aquellos que hubieran asistido personalmente o por medio de representantes al acto de apeo, pudieran presentar reclamaciones contra él. Además, se advertía que las reclamaciones sobre propiedad sólo serían admisibles de haberse presentado los documentos correspondientes en el plazo establecido en el artículo 97 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, Reglamento de Montes.

En relación con el apeo del monte cabe decir que no se recibió ninguna reclamación al mismo y así quedó acreditado mediante certificación de 19 de abril de 2017, emitida por el titular de la Jefatura de Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.

Decimotercero. El Jefe de Servicio de Ordenación y Gestión Forestal ha emitido el Informe-Memoria sobre el deslinde previsto en el artículo 125 del Reglamento de Montes, mostrando en el mismo su acuerdo con las labores realizadas por el Ingeniero Operador, desde su nombramiento, con relación a las tareas propias del deslinde, considerando que se han ajustado a la normativa de aplicación, e incorporando una propuesta de deslinde y un registro topográfico de conformidad con los informes del Ingeniero Operador referenciados en anteriores antecedentes. Dicho informe ha sido elevado a la Dirección General de Medio Ambiente para formular propuesta de resolución de este expediente.

A los anteriores hechos les son de...

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