Orden de 19 de abril de 2016 por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 19 de abril de 2016 por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros. (2016050080)

El artículo 25 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, establece que la Consejería competente en materia de hacienda podrá establecer el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago de las deudas de derecho público.

Haciendo uso de dicha habilitación, se acordó mediante Orden de 20 de julio de 2009, por la que se desarrolla el artículo 27 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y se fija la cuantía de las deudas para cuyo aplazamiento o fraccionamiento no se exigirá garantía, que quedaban dispensados de la obligación de aportar garantía con motivo de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento los obligados al pago cuando el conjunto de las cantidades adeudadas no excedan de 18.000 euros.

La presente orden tiene por objeto elevar el límite actualmente vigente a la cantidad de 30.000 euros, al considerarse necesario revisar dicho límite dado el tiempo transcurrido, y con la finalidad no sólo de mejorar y agilizar el procedimiento de gestión de estas solicitudes impulsando su gestión automatizada, sino también la de ofrecer facilidades al obligado al pago y reducir las cargas administrativas y de presión fiscal indirecta que soportan los ciudadanos ante dificultades transitorias de carácter económico-financieras.

Atendiendo a la misma finalidad, la Administración General del Estado ha establecido mediante Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros, referente a las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública Estatal.

Asimismo, se establece idéntico límite, mediante Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, por la que se eleva a 30.000...

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