Orden de 1 de marzo de 2019 por la que se crean las categorías estatutarias de Enfermero/a Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, de Enfermero/a Especialista en Enfermería Pediátrica y de Enfermero/a Especialista en Enfermería Geriátrica en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Sanidad y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES

ORDEN de 1 de marzo de 2019 por la que se crean las categorías estatutarias de Enfermero/a Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, de Enfermero/a Especialista en Enfermería Pediátrica y de Enfermero/a Especialista en Enfermería Geriátrica en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.

(2019050118)

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, establece en su artículo 15 que en el ámbito de cada servicio de salud se crearán, modificarán o suprimirán categorías de personal estatutario de acuerdo con las previsiones en materia de representación y negociación colectiva que la propia ley establece y, en su caso, de los planes de ordenación de recursos humanos regulados en su artículo 13. Asimismo, el artículo 14.1 de la citada Ley 55/2003, de 16 de diciembre, dispone que los servicios de salud establecerán las diferentes categorías o grupos profesionales existentes en su ámbito, de acuerdo con el criterio de agrupación unitaria de funciones, competencias y aptitudes profesionales, de las titulaciones y de los contenidos específicos de la función a desarrollar.

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, determinó la necesidad de proceder a una nueva reglamentación de las especialidades en ciencias de la salud, que en el caso de la profesión de enfermería se ha hecho efectiva mediante el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería. Posteriormente el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada ha venido a completar este desarrollo normativo.

Para adaptarnos a las necesidades asistenciales que se han ido generando en el desarrollo de las políticas sanitarias es necesario contar cada vez más con profesionales sanitarios con una especialización suficiente que permita afrontar los objetivos que el Servicio Extremeño de Salud tiene fijados y que constituyen el horizonte de una atención sanitaria integral cada vez más eficiente y en evolución constante para mejorar. Para ello, dentro del ámbito de la Enfermería ya fueron objeto de creación, en el Servicio Extremeño de Salud, las categorías de Enfermero/a Especialista en Salud Mental y la de Enfermero/a Especialista del Trabajo por Orden de 4 de diciembre de 2009 siendo necesario seguir avanzando en el desarrollo del resto de especialidades de Enfermería.

En este contexto se considera esencial impulsar la incorporación al Servicio Extremeño de personal diplomado sanitario que desarrolle las funciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR