DECRETO 140/2006, de 25 de julio, por el que se establecen y convocan ayudas para paliar los efectos negativos provocados por las heladas acaecidas durante los meses de enero, febrero y marzo de 2005.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 140/2006, de 25 de julio, por el que se establecen y convocan ayudas para paliar los efectos negativos provocados por las heladas acaecidas durante los meses de enero, febrero y marzo de 2005.

En los meses de enero, febrero y marzo de 2005, las bajas temperaturas persistentes durante varios días consecutivos provocaron graves daños por heladas en determinados cultivos agrícolas de la Comunidad Autónoma.

Por el Real Decreto Ley 1/2005, de 4 de febrero, se adoptan medidas urgentes para paliar los daños ocasionados en el sector agrario por las heladas acaecidas en el mes de enero de 2005, que afectaron a varias comunidades autónomas. Posteriormente, por el Real Decreto Ley 6/2005, de 8 de abril, se amplió el ámbito temporal del Real Decreto Ley a los meses de febrero y marzo de 2005. Por la Orden APA/1110/2005, de 25 de abril se dictaron disposiciones para el desarrollo del Real Decreto Ley de 2005.

La Comunidad Autónoma de Extremadura, consciente de la situación coyuntural que estas adversidades provocaron, considera conveniente la toma de medidas paliativas destinadas a reducir los efectos negativos de las mismas, y ha determinado complementar las ayudas estatales dispuestas a tal efecto arbitrando indemnizaciones de daños en las producciones agrícolas afectadas.

En el seno de un Estado social, corresponde a la Comunidad Autónoma, en cuanto poder público, atender al desarrollo de todos los sectores económicos y en particular a la agricultura y la ganadería, que constituyen materia de competencia autonómica plena, así como disponer medidas de ordenación económica del Estado, de acuerdo con lo establecido fundamentalmente en los artículos 1.1 y 130.1 de la Constitución Española y en los artículos 7.1.6, 8.3 y 61 de la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de Extremadura (B.O.E. de 26 de febrero), en su redacción dada por la Ley Orgánica 12/1999, 6 mayo ('B.O.E.' 7 mayo).

La presente ayuda se enmarca dentro de lo establecido en el artículo 87.2 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales del sector agrario (200/C/28/02).

En virtud de lo expuesto anteriormente y la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 25 de julio de 2006,

D I S P O N G O :

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